Aclaran que los formularios PS6.1 y PS6.2 de la AFIP y ANSeS no alcanzan para satisfacer la obligación del Art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que  los formularios PS6.1 y PS6.2. de la Administración Federal de Ingresos Públicos y de ANSES no alcanzan a satisfacer la exigencia del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, tras precisar que allí se ordena que el empleador estará obligado a entregar al trabajador un certificado de trabajo, conteniendo las indicaciones sobre el tiempo de prestación de servicios, naturaleza de éstos, constancia de los sueldos percibidos y de los aportes y contribuciones efectuados con destino a los organismos de la seguridad social.

 

En la causa “Miranda, Osmar c/ Di Donato Walter Alberto Antonio s/ Diferencia de salarios”, el accionante apeló la sentencia de primera instancia que consideró satisfecha la obligación emanada del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo con la documental incorporada a la causa.

 

Los magistrados que componen la Sala VII sostuvieron que “la obligación de cumplimentar con lo normado en el art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo y del art. 12 inciso g) de la ley 24.241 consiste en acompañar a las actuaciones el certificado de trabajo y de servicios prestados, remuneraciones percibidas y constancia de la concreta y efectiva realización de aportes y contribuciones”.

 

En tal sentido, los magistrados destacaron que “esta carga legal viene a conjurar los eventuales efectos perniciosos de la omisión patronal ante los organismos de la seguridad social. Tal obligación impuesta judicialmente no puede considerarse cumplida si los certificados no reúnen los recaudos exigidos al no contener constancia de aportes y contribuciones a los organismos de la seguridad social”.

 

En el fallo del 12 de mayo pasado, los Dres. Estela Milagros Ferreirós y Néstor Miguel Rodríguez Brunengo explicaron que en el presente caso “la empresa se ha limitado exclusivamente a acompañar a estas actuaciones los formularios PS6.1 y PS6.2. de la Administración Federal de Ingresos Públicos y de ANSES”.

 

Al admitir el recurso de apelación presentado por el actor, la mencionada Sala juzgó que “tales formularios confeccionados a tal efecto no alcanzan a satisfacer la exigencia de la norma en cuanto allí se ordena que el empleador estará obligado a entregar al trabajador un certificado de trabajo, conteniendo las indicaciones sobre el tiempo de prestación de servicios, naturaleza de éstos, constancia de los sueldos percibidos y de los aportes y contribuciones efectuados con destino a los organismos de la seguridad social (conf. art. 80 LCT, tercer párrafo)”.

 

Al concluir que “la documentación oportunamente acompañada no cumple acabadamente con la obligación de entregar la documental referida en el art. 80 citado”, el tribunal resolvió que “corresponde entregar el certificado que contemple y complemente la falta de constancia de los aportes y contribuciones mencionados en atención a las exigencias de la norma”.

 

 

Artículos

Nueva normativa sobre lavado de activos - Creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales
TCA Tanoira Cassagne
empleos
opinión
ver todos
Cambiar cambios que cambien … así las cosas …. no cambian
Por Santiago A. Gonzalez
Gonzalez & Schindler

El impago de la provisión de fondos del arbitraje: tres salidas del impasse
Por Esther Romay Jove (*)
Dunning Rievman & Macdonald LLP

Un nuevo pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre discriminación
Por Lucas J. Battiston
PASBBA Abogados

Responsabilidad de socios y administradores por créditos laborales – Alternativa disponible al abuso de jurisdicción
Por Juan Martin Crespo
Brons & Salas

detrás del traje
Gustavo Ariel Atta
De AVOA ABOGADOS
Nos apoyan
.
Bruchou & Funes de Rioja junto con TCA Tanoira Cassagne asesoran en la emisión de Obligaciones Negociables Clase XIV y XV de YPF Energía Eléctrica S.A.
.
Marval O’ Farrell Mairal y TCA Tanoira Cassagne asesoraron en la emisión de obligaciones negociables de Edenor por un monto de US$ 100.000.000
.
TCA asesoró en la compra de Evolución SGR
Paraguay
FERRERE asesora a familia Arréllaga en la formalización de su protocolo familiar
El despido directo en los términos del art. 247 LCT
La competencia de los juzgados contenciosos administrativos federales y los criterios material y normativo
La unificación de la responsabilidad contractual y extracontractual y la prescripción
La CNAT aplicó la jurisprudencia de la CSJN que limitó la forma de calcular los intereses en indemnizaciones laborales
Nueva normativa sobre lavado de activos - Creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales
Teletrabajo en Zonas Francas: se flexibilizan condiciones para su implementación
Multas y daños punitivos: ¿qué pasó a un año de la modificación a la Ley de Defensa del Consumidor?
Reputación empresarial en peligro ante casos de violencia laboral. Cómo prevenirlo. Necesaria interacción entre las áreas de Compliance y recursos humanos