Ante Numerosas Consultas, Aclaran Medidas sobre la Feria Judicial
Ante las numerosas consultas recibidas, la Secretaría de Feria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, emitió una serie de aclaraciones sobre  diversas situaciones generadas luego de los recaudos que fueron adoptados para frenar el avance de la Gripe A. De acuerdo a lo publicado en la página del Centro de Información Judicial (CIJ), la Secretaría de la Corte Suprema, aclaró: -Con respecto al punto 1º de la acordada 23/09, que la cobertura de las guardias corresponde, prioritariamente, a los magistrados y funcionarios con indiferencia de que cuenten o no con medio de transporte propio.   -El personal que cumpla tareas durante la feria extendida entre los días 20 y 24 por motivos de salud pública (acordada citada, punto 4º) gozará de derecho a la licencia compensatoria prevista en el art. 14 de la acordada 34/77.   -Las certificaciones que será extendidas por Secretaría en los términos de la acordada 22/09, punto 4º, comprenderán únicamente los días hábiles durante los cuales el personal cumplió tareas, quedando excluidos por ende los días 9 y 10 de julio. 

 

Opinión

La relación de dependencia como puerta de entrada al esquema protectorio laboral y su necesidad de reforma
Por Lucas J. Battiston
PASBBA Abogados
empleos
detrás del traje
Matías Ferrari
De CEROLINI & FERRARI ABOGADOS
Nos apoyan