Aprobación de Modificación a los Objetivos y Estructura Organizativa de la CNV

Por Carolina Arroyo y Pablo Schreiber
Zang, Bergel & Viñes Abogados

 

El 15 de julio de 2013 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Nº 924/2013 por medio del cual se aprobaron ciertas modificaciones a los objetivos y estructura organizativa de la CNV, a los fines de reforzar su misión de velar por la transparencia de los mercados de capitales, la correcta formación de precios y la protección del público inversor.

 

La sanción del Decreto bajo análisis se fundamenta en la función que cumple la CNV de proporcionar a la UIF la colaboración que le sea requerida en los procedimientos de supervisión, fiscalización e inspección que realice ese organismo en el marco de su competencia y asimismo, en el compromiso asumido por la Argentina en el denominado “Grupo de los 20” a los fines de adoptar los estándares internacionales que establecen los objetivos y principios de la regulación de los mercados de valores negociables.

 

El Decreto establece modificaciones a los objetivos de la CNV y asimismo, prevé una nueva estructura organizativa y responsabilidades del primer nivel operativo, debiendo la CNV aprobar en los próximos 60 días la estructura organizativa de las aperturas inferiores.

 

Como consecuencia de la sanción del Decreto se derogó expresamente el anterior Decreto Nº2041/2006, estableciéndose sin embargo que hasta tanto se concluya la restructuración de las áreas afectadas por el Decreto se mantendrán las estructuras actuales de los niveles inferiores.

 

En relación a los objetivos de la CNV, se introducen algunas modificaciones de forma en cuanto a los sujetos que se encuentran en su órbita de registración y fiscalización en línea con la nueva Ley de Mercado de Capitales Nº 26.831. Asimismo, se refuerzan los objetivos de cooperación con otros organismos reguladores a nivel nacional o internacional para el fortalecimiento de la supervisión de los grupos económicos, de dar cumplimiento a los estándares internacionales relativos a la regulación de mercado de capitales y velar por el manejo adecuado del riesgo sistémico, disminuyendo la dependencia de los mercados de las calificaciones de riesgo, profundizando su control, transparencia y fiscalización.

 

En cuanto a la estructura organizativa del primer nivel operativo se realizaron los cambios que se describen a continuación:

 

1)Se crea la Subgerencia de Asuntos Internacionales, dependiente del Directorio. Con anterioridad las funciones de esta Subgerencia estaban a cargo de la Secretaría de Directorio, la Gerencia General y Gerencia de Emisoras.

 

2) Se desdobla la anterior Gerencia de Inspecciones y Lavado de Dinero, ambas dependientes de la Gerencia General, en dos nuevas gerencias: la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones y la Gerencia de Prevención de Lavado de Dinero, ambas dependientes de la Gerencia General; y

 

3) Se crean tres nuevas gerencias, dependientes de la Gerencia General: (a) la Gerencia de Asuntos Jurídicos (con anterioridad una subgerencia), (b) la Gerencia de Desarrollo y Protección al Inversor y (c) la Gerencia de Servicios Centrales, todas dependientes de la Gerencia General.

 

4) Asimismo, continuarán desarrollando sus funciones la Gerencia de Emisoras, la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva, la Gerencia de Agentes y Mercados (antes la Gerencia de Intermediarios, Bolsas y Mercados), todas ellas dependiendo de la Gerencia General. Como resultado de los cambios a la estructura organizativa, se incorporaron una serie de modificaciones a las responsabilidades primarias y acciones de cada una de las áreas integrantes del primer nivel operativo.

 

A continuación se realiza una breve descripción de las responsabilidades primarias y acciones de la nueva estructura organizativa:

 

1) La Unidad de Auditoría Interna, dependiente del Directorio, continuará prestando un servicio a toda la organización consistente en planificar, programar y evaluar posteriormente las actividades de la CNV, en sus aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos, operacionales y de gestión, de manera de asegurar la continua optimización de los niveles de eficiencia, economía y eficacia de gestión.

 

2) La Secretaría de Directorio, dependiente del Directorio, funcionará de apoyo al Directorio transmitiendo las decisiones adoptadas por el mismo y coordinará la gestión operativa de las demás áreas de la CNV, brindando asistencia en cuestiones metodológicas, técnicas, operativas y/o administrativas que ayuden a su interpretación e implementación. Asimismo, continuará asistiendo al Directorio y la Presidencia de la CNV en el despacho de los asuntos elevados a su consideración y coordinará las relaciones institucionales con los medios de comunicación.

 

3) Las cuestiones relativas a las relaciones internacionales antes a cargo de la Secretaría de Directorio, Gerencia General y Gerencia de Emisoras fueron delegadas a la nueva Subgerencia de Asuntos Internacionales, también dependiente del Directorio.

 

4) En cuanto a la Gerencia General, también dependiente del Directorio, continuará administrando las actividades de la CNV en línea con las pautas que dicte el Directorio, ejerciendo el gerenciamiento las actividades vinculadas con las funciones otorgadas a la CNV por la Ley Nº 26.831. Entre las modificaciones introducidas por el Decreto, se ha incorporado entre sus acciones la cooperación con otros organismos y favorecer el intercambio de información para la supervisión sobre los grupos económicos.

 

5) Respecto la Gerencia de Emisoras entre sus nuevas acciones se encuentran colaborar y asistir a las autoridades de la CNV en los estudios técnicos de nuevas normativas y regulaciones, el desarrollo de instrumentos y control societario. Asimismo, ejercerá el poder de policía de las emisoras que hagan oferta pública de sus valores negociables, limitándose con anterioridad dicha función a las Pequeñas y Medianas Empresas. Se incorpora la función de proponer al Directorio de la CNV la suspensión preventiva de la oferta pública en los casos en que se fundadamente se advierta la existencia de riesgo sistémico.

 

6) En cuanto a la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva continuará con sus funciones de supervisar y asesorar a la autorización, registro, supervisión y regulación de los Fondos Comunes de Inversión, Sociedades Gerentes de Fondos Comunes de Inversión, de las Sociedades Depositarias de Fondos Comunes de Inversión, de los Fideicomisos Financieros, de los Fiduciarios Financieros, de los Fiduciarios Ordinarios Públicos. Los agentes calificadores de riesgo a partir de la reforma pasarán a ser supervisadas por la Gerencia de Agentes y Mercados.

 

7) La Gerencia de Agentes y Mercados asesorará respecto de las solicitudes de inscripción de los agentes y mercados que deseen intervenir en la oferta pública de valores negociables u operaciones con futuros y opciones. Asimismo, controlará el cumplimiento por parte de los mercados de los requisitos de capital, coberturas y garantías. Entre sus acciones se encuentra el registro y control Cajas de Valores, Mercados y Agentes incorporándose a los Agentes de Calificación de Riesgo y la evaluación del riesgo sistémico.

 

8) La Gerencia de Inspecciones propondrá a la Gerencia General investigaciones a realizar e iniciará la que ésta le instruya, proponiendo la instrucción de sumarios por la presunta comisión de infracciones a las normas legales y reglamentarias de aplicación por la CNV.

 

9) La Gerencia de Prevención de Lavado de Dinero coordinará los programas para la detección de operaciones inusuales y sospechosas e informará a la UIF cuando considere que estar en presencia de una operación sospechosa. Entre sus facultades se encuentra proponer la emisión de Reportes de Operación Sospechosa (“ROS”) y realizar requerimientos o solicitudes de informes en el marco de un proceso investigativo.

 

10) La Gerencia de Asuntos Jurídicos prestará asistencia jurídica al Directorio, la Gerencia General y las Subgerencias en las materias que éstos le requieran. 11) La Gerencia de Desarrollo y Protección al Inversor velará por la transparencia de las negociaciones y promoverá acciones y regulaciones tendientes a garantizar la protección del público inversor, promoviendo una eficiente formación de precios.

 

12) La Gerencia de Servicios Centrales tendrá a su cargo la administración de los bienes materiales y recursos humanos de la CNV, teniendo por finalidad la optimización de los procesos y calidad de los servicios internos y externos.

 

Estará entre sus funciones la selección, captación y formación del personal de la CNV, supervisar la gestión económica-financiera del organismo, coordinar el archivo general y la bibliografía con la que cuenta el organismo.

 

 

Zang, Bergel & Viñes Abogados
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