La AFIP cobrará deudas tributarias por trabajo en negro surgidas de juicios

Mediante la resolución general 3739/2015 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer el mecanismo que utilizará para cobrar las deudas a empresas.

 

Se trata de aquellos aportes o contribuciones omitidas con destino al Sistema único de la Seguridad Social de relaciones laborales no registradas y que hayan sido determinadas por sentencia laboral firme o por acuerdo conciliatorio homologado.

 

Además de los pasos a seguir para la liquidación o determinación de oficio de las mencionadas deudas, la Resolución se aplica también a la utilización indebida de beneficios de reducción de alícuotas de aportes o contribuciones de cargas sociales.

 

Cabe recordar que el nuevo procedimiento será implementado por el organismo que dirige Ricardo Echegaray sobre aquellas notificaciones que se registren a partir del 1 de abril del presente año.

 

 

Artículos

La Cláusula sandbagging en los Contratos M&A – ¿Puede el comprador reclamar por incumplimientos conocidos del vendedor?
Por Fernando Jiménez de Aréchaga y Alfredo Arocena
Dentons Jiménez de Aréchaga
detrás del traje
Matías Ferrari
De CEROLINI & FERRARI ABOGADOS
Nos apoyan