Potente medida para combatir la corrupción aduanera

Por Carlos Lascano-
Estudio Carena y Asociados

 

El tiempo que las mercaderías permanecen detenidas en las aduanas preocupa a los  organismos internacionales que bregan por la facilitación del comercio. La Organización Mundial de Aduanas (OMA), por ejemplo, recomienda que las aduanas midan esos tiempos para evaluar la eficacia del servicio. Es una cuestión crucial para los operadores del comercio internacional y la industria del transporte de cargas. Pero también lo es, en grado sumo, para los  gobiernos que buscan incrementar su comercio internacional y atraer inversiones.

 

Toda organización que tiene el poder de intervenir en procesos sociales, económicos o comerciales y aplicar controles, sostiene la OMA, corre el riesgo de incubar prácticas corruptas en su estructura, y pocas agencias estatales están más expuestas a ese peligro que las aduanas. Detener el despacho de una mercadería es un negocio muy rentable para un funcionario venal. Sabe que cada vez que detiene el despacho para formular una denuncia contra el importador por incumplimiento, real o aparente, de algún requisito administrativo, por insignificante que fuera, se generan pérdidas son cuantiosas. El solo hecho de gestionar la liberación de las mercaderías bajo el régimen de garantías aduaneras demanda semanas y meses de agotadores trámites. Un contenedor paga en promedio unos $ 70.000 por cada día que permanece en la terminal portuaria, con lo cual es fácil imaginar las pérdidas que generan al comercio las detenciones.

 

El importador puede verse así en la disyuntiva de sobornar al funcionario para evitar el problema o perder mucho más dinero tratando que las autoridades permitan la salida de la mercadería previo depósito de una garantía que cubra el monto de la hipotética multa que podría llegar a pagar si finalmente termina siendo condenado por alguna infracción. No es la defensa del caso lo que preocupa al importador, ya que en la mayoría de las situaciones  las denuncias son inconsistentes o exageradas, sino la casi imposibilidad de conseguir que un banco garantice el pago de las multas mientras dura la tramitación del sumario. Trámite que, en promedio, dura no menos de 5 o 6 años.

 

Hay que tener en cuenta que la aduana solo admite para las multas aduaneras la presentación de garantías bancarias o en efectivo como único medio de liberar las mercaderías antes de la terminación del sumario. Pero las primeras son muy difíciles y costosas de conseguir, porque a los bancos por lo general no les interesa garantizar obligaciones aduaneras por tiempo indeterminado; y las segundas se deprecian con el correr de los años y serán restituidas, en el mejor de los casos, a su valor nominal y sin intereses.

 

De este modo, conociendo el calvario que les espera si optan por defender su caso,  muchos importadores se avienen a pagar enormes sumas de dinero a los funcionarios para evitar la ruina de su negocio. No porque sean culpables, sino porque  las pérdidas de tiempo y dinero serán mucho mayores.

 

El Estado tiene el deber inexcusable de proteger a los operadores atrapados involuntariamente en esta situación, adoptando todas las medidas necesarias para asegurar que la circulación de las mercaderías no se vea interrumpida en ningún caso más allá de lo estrictamente necesario y por un período de tiempo tan breve como sea posible, no mayor de 48 o 72 horas. Pero ningún gobierno ha hecho algo al respecto hasta el 21 de febrero pasado. Ese día, la Superintendencia de Seguros de la Nación publicó la Resolución Nº 40307/2017, a pedido de la AFIP, que autoriza a las entidades aseguradoras que operan en el Seguro de Caución para Garantías Aduaneras a  garantizar multas por infracciones aduaneras.

 

El Gobierno nacional instrumentó, de este modo, una medida que venía siendo recla-mada desde hasta décadas por la Asociación Argentina de Estudios Fiscales, el Instituto Argentino de Estudios Aduaneros, y las cámaras de comercio, de importadores y exportadores de nuestro país.

 

Solo resta, para acabar con las corruptelas administrativas, que la AFIP instrumente rápidamente un procedimiento ágil y sencillo para el libramiento a plaza de mercaderías detenidas por el  servicio aduanero, estableciendo que el mismo funcionario que detuvo el despacho determine los importes a garantizar, afecte la póliza de caución electrónica presentada por el importador y libere a plaza las mercaderías en un plazo no mayor de 48 horas.

 

Así se habrá encontrado una solución apropiada para la constante tentación de los funcionarios a detener los despachos en beneficio propio. Cabe felicitar al las autoridades nacionales por esta medida, que por simple no deja de ser revolucionaria en la esfera del comercio exterior. Una contribución valiosa a la facilitación del comercio y el fomento de la integridad del servicio aduanero.   
 

 

 

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