Rechazan Acción Dirigida a Proteger el Derecho de Preferencia Ante el Consentimiento de una Asamblea

En los autos “Couffignal Mariano y otro c/ Sworn Collage S.A. y otro s/ ordinario”, la Sala B, perteneciente a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, confirmó el rechazó de una demanda iniciada por los accionistas de una firma que tuvo por objeto obtener el desconocimiento de un incremento del capital social.

Guillermo Cha y Mariano Couffignal demandaron a Sworn College S.A. y Rodolfo Ricardo Grünewald la cancelación del incremento del capital ante una supuesta violación del derecho de preferencia, en los términos del artículo 195 LSC. Asimismo, subsidiariamente, solicitaron la nulidad de la asamblea general extraordinaria celebrada el 14.04.04 –conforme artículo 251 LSC-, la cual diera tratamiento a tal incremento.

Como antecedentes, los accionantes indicaron que Sworn Collage S.A. funcionó como una sociedad cerrada, con un directorio compuesto desde el 30.12.02 por el codemandado Grünewald como director titular. Asimismo, señalaron que los accionistas habían aportado $ 173.000 en forma irrevocable proporcionalmente para futuros aumentos de capital.

Sin embargo, indicaron que los inconvenientes surgieron cuando en el año 2003 el director solicitó a la firma Pakiba S.A. un préstamo, el cual luego tuviera carácter de futuro aumento de capital. Afirmaron que para convalidar los actos que le permitiría detentar la totalidad del capital social, se aplicó una táctica de hostigamiento hacia los socios minoritarios, al convocar a asamblea extraordinaria a celebrarse el 12.12.03, en la que se aprobó el aporte recibido.

Agregaron que en dicha asamblea no se decidió un eventual aumento del capital social como estrategia de licuación y desapoderamiento patrimonial y político de los accionantes minoritarios, pues el director unipersonal decidió hacerlo el 17.3.04, al convocar a asamblea general extraordinaria a celebrarse el 14.4.04.

Sostuvieron que por ello la decisión de aumentar el capital social mediante la capitalización de los aportes efectuados adoptada por mayoría, importó la violación de sus derechos a suscribir las nuevas acciones y acrecer en proporción a sus participaciones.  Es así que el 19.8.04 cerraron la etapa conciliatoria, ampliaron la  demanda y, denunciaron un hecho nuevo.

En tal oportunidad, indicaron que el 19.7.04, en el Boletín Oficial se publicó que "Sworn College" -a través de una escribana- realizó el aumento de capital adoptado en la asamblea impugnada, y convocó a los accionistas a ejercer el derecho previsto en el artículo 194 LSC. Sobre tal hecho, estimaron que tal invitación fue inválida, ya que el directorio no fue competente para realizarla y, menos aún, una escribana.

Pese a sus dichos la demanda fue rechazada en primera instancia, y confirmada en la Alzada. Los fundamentos giraron en torno a que la asamblea del 12.9.03 no fue impugnada -la misma había resuelto aprobar como aportes irrevocables para futuros aumentos de capital por PAKIBA S.A.-. Asimismo, indicaron que la sociedad cumplió con el ofrecimiento a los accionistas de ejercer el derecho de suscripción preferente a través de la consiguiente publicación de edictos, el cual fuera erradamente desconocido.

 

 

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