Rechazan habilitar la continuidad del trámite a los fines de intimar a la presunta deudora a depositar un monto adicional para responder a nuevos intereses

En el marco de la causa “Manucorp S.A. le pide la quiebra Comunicación Grupo Tres S.A. s/ Quiebra”, la peticionaria de la quiebra apeló la decisión de grado que desestimó la continuación del presente trámite orientado a percibir cierta diferencia en concepto de intereses y costas.

 

Los jueces que componen la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial destacaron que “en ocasión de promover el presente pedido de quiebra la accionante practicó liquidación de su crédito en los términos del fallo plenario “Zadicoff””, añadiendo que “bajo tales parámetros fue citada la presunta deudora en los términos de la LCQ 84, quien se presentó en autos y depositó, precisamente, la suma indicada”.

 

Los Dres. Pablo Damián Heredia, Gerardo Vassallo y Juan Garibotto consideraron que “tales circunstancias, resultan suficientes para concluir, entonces, por la inviabilidad de la pretensión recursiva sub examine”, debido a que “el pedido de quiebra no es el medio idóneo para el cobro individual del crédito y, por tanto, cuando –como en el caso– la presunta fallida deposita el importe por el que se la citó, ya no es viable analizar la suficiencia o no de ese pago”.

 

Al pronunciarse en tal sentido, la mencionada Sala consideró que “habilitar la continuidad del trámite, para que (como pretende la recurrente) se intime a la citada a depositar un monto adicional para responder a nuevos intereses, no hace más que evidenciar que la interesada sólo persigue la ejecución individual de su acreencia quedando desvirtuada así y como se dijo la finalidad para la cual se contemplara el pedido de quiebra, extremo que no puede convalidarse”, rechazando de este modo el recurso de apelación presentado.

 

 

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