Fallo Judicial Ratifica la Vigencia de la Ley de Abastecimiento
En el marco de la causa donde la Secretaría de Comercio Interior aplicó multas administrativas a la empresa Shell por supuesto desabastecimiento, el Juez en lo Penal Económico Nº 2 , Daniel Petrone, decidió rechazar el incidente planteado por la petrolera, al sostener que la ley de abastecimiento se encuentra vigente. Según la decisión adoptada por el magistrado, se encuentran vigentes todas las cláusulas que hacen aplicables la ley 20.680, estableciendo que todas aquellas conductas que hacen posible la aplicación de las sanciones descriptas por el artículo 5 de dicha ley, se encuentran legitimadas. El magistrado, destacó en su resolución, que en caso contrario, dicha ley tendría una vigencia formal carente de contenido. En su resolución, el juez Petrone, efectuó un análisis sobre la suspensión de la Ley 20.680, con la excepción de su artículo 2 inciso c, el cual había sido aplicado por el Secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, contra la petrolera. El magistrado, resaltó que la mencionada suspensión, la cual quedó sin efecto luego de la vuelta a la vigencia de dicha ley con el decreto 722/99, se debió a una política para evitar posibles intervenciones del Estado en materia económica, con el fin de garantizar una economía de mercado con autorregulación de oferta y de demanda. Con relación a la excepción del artículo 2 iniciso c, el juez explicó que con ello se buscó garantizar las facultades básicas del Poder Ejecutivo Nacional o del organismo de Administración en el cual se delegue esa función. No se vulnera el principio de legalidad, según el criterio del magistrado,  ya que las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo, serían legítimas, siempre y cuando no alteren los derechos constitucionales o excedan la finalidad contempladas en dicha ley.

 

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Por Fernando A. Font
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