Proyecto de Ley sobre Cambio Climático

Con fecha 13 de enero de 2020 se dio inicio a la tramitación del Proyecto de Ley Boletín N° 13.191-12, que fija Ley Marco de Cambio Climático.

 

La iniciativa, de origen presidencial, tiene por objeto crear un marco jurídico que permita asignar responsabilidades específicas para la implementación de medidas de mitigación y adaptación al cambio climático, promoviendo un desarrollo sustentable que equilibre las dimensiones social, ambiental y económica.

 

El proyecto traza objetivos claros para la adaptación al cambio climático, incorporando el concepto de seguridad hídrica y relevando las acciones necesarias para reducir la vulnerabilidad del país (considerada alta debido a su geografía y ecosistemas), buscando en definitiva disminuir el impacto del cambio climático sobre las personas, recursos naturales, materiales y productivos derivados de eventos climáticos extremos.

 

Así, los principales temas que recoge el proyecto de ley son los siguientes:

 

  • Incorpora una serie de principios que inspiran el proyecto de ley (por ejemplo, el principio científico como orientador en la toma de decisiones, y el principio de costo-efectividad en la adopción de medidas ambientales, entre otros)
  • Crea diversos instrumentos de gestión para el cambio climático, que actúan coordinadamente y en distintos niveles (por ejemplo, Neutralidad de emisiones al 2050, Estrategia Climática de Largo Plazo, Planes Sectoriales de Mitigación y Adaptación al cambio climático, entre otros)
  • Reconoce la facultad del Ministerio del Medio Ambiente de elaborar normas de emisión de gases de efecto invernadero
  • Refuerza institucionalidad para el cambio climático, dotándola de nuevas facultades, y definiendo sus obligaciones y responsabilidades en la materia
  • Crea sistemas y plataformas para entregar información respecto a emisiones de gases de efecto invernadero, proyecciones de emisiones futuras, vulnerabilidad del territorio nacional a nivel local, e información detallada de cambio climático
  • Consagra el derecho de toda persona o agrupación a participar, de manera informada, en la elaboración, revisión y actualización de los instrumentos de gestión del cambio climático, mediante los mecanismos provistos para ello
  • Contempla una Estrategia Financiera de Cambio Climático, la que establecerá los principales lineamientos para orientar la contribución del sector público y privado en la consolidación de una economía baja en emisiones, incluyendo incentivos a donaciones ambientales
  • Incorpora la variable climática en una serie de instrumentos existentes, tales como el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, y los instrumentos de ordenamiento y planificación territorial

Por Felipe Bahamondez y Felipe Massardo

 

 

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