Regulación de términos y condiciones de seguros de caución. Alquileres

La Superintendencia de Seguros de la Nación emitió la resolución 376/2020 que regula los términos y condiciones de los seguros de caución que cubren el pago de alquileres para vivienda. A grandes rasgos, establece los siguientes límites al riesgo asegurado:

 

  • Los cánones impagos por el periodo de vigencia establecido en el contrato hasta la restitución del inmueble y el pago de las multas; 
  • El pago del canon de las Expensas Comunes Ordinarias y de los Servicios de energía eléctrica, gas, agua corriente y telecomunicaciones en tanto estén a cargo del inquilino, hasta la restitución del inmueble; 
  • La ocupación indebida del inmueble con posterioridad al vencimiento del periodo de vigencia hasta la efectiva desocupación

Se excluye de la cobertura los créditos por expensas y servicios que a la fecha de inicio de vigencia de la póliza estén impagos o atrasados.

 

La póliza tendrá una vigencia anual con renovación automática hasta la finalización de las obligaciones a cargo del inquilino y se prevé un ajuste tanto de la suma asegurada como de la prima según el incremento previsto en el art 14 de la ley 27.551 (Índice de ajuste para alquileres publicado por el BCRA).

 

Por Matías Zaefferer

 

 

RICHARDS CARDINAL TÜTZER ZABALA & ZAEFFERER S.C.
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