La IGJ Intimó a Sociedades Extranjeras a Actualizar su Información

En vistas del incumplimiento por parte de un gran número de sociedades constituidas en el exterior que omitieron presentar sus declaraciones juradas en tiempo y forma, la Inspección General de Justicia (IGJ) las intimó a actualizar su información mediante la emisión de la Resolución 1.624/11.

 

En el trascurso del año pasado, la IGJ dispuso por medio de la Resolución General IGJ Nº 1 fechada el 15 de julio de 2010 “ la obligación de la presentación de una Declaración Jurada de actualización de datos para las sociedades comerciales, sociedades extranjeras, binacionales, asociaciones civiles y fundaciones”, según recoge el texto de la última intimación.

 

Sin embargo, similar a lo ocurrido respecto de las asociaciones civiles y fundaciones en septiembre del corriente año, ha surgido de la tareas de control de la entidad que una importante cantidad de sociedades constituidas en el extranjero han incumplido sus deberes de otorgar la información solicitada a través de declaraciones juradas.

 

Consecuentemente, según desarrolla el organismo en su reciente emisión, fue necesario extender el plazo de presentación mediante las Resoluciones Generales IGJ Nº 2/2010, 4/2010, 5/2010, 1/2011 y 2/2011 otorgándose a las sociedades constituidas en el extranjero plazo hasta el día 30 de septiembre de 2011, el cual se encuentra vencido.

 

De este modo, en la resolución mediante la cual se efectuó la intimación, la IGJ remarcó en los considerandos que “no sólo es una atribución de la Inspección General de Justicia dictar la normativa pertinente a fin de regular la tarea de control y fiscalización, sino también la de intimar a su efectivo cumplimiento.”

 

A ello añadió que “siendo el objetivo de este Organismo agotar las vías necesarias para concretar el cumplimiento de las obligaciones que impone la normativa dictada, resulta pertinente intimar a las entidades a fin de que presenten ante la Inspección General de Justicia la Declaración Jurada requerida.”

 

Finalmente, se encuentran detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución la lista de sociedades extranjeras a las que se intima a presentar la Declaración Jurada de actualización de datos establecida por Resolución General IGJ Nº 1 de fecha 15 de julio de 2010 ante la Inspección General de Justicia.

 

 

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