Modifican Sentencia que Establecía la Falsedad de un Testamento
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil decidió modificar una sentencia de primera instancia por medio de la cual se declaraba la falsedad de un testamento, debido a que se logró demostrar la validez del mismo por medio de la prueba caligráfica. Los magistrados que componen la Sala L, en los autos caratulados “Campagnoli Jorge Miguel c/ Tornese Dante Adolfo s/ nulidad de escritura/ instrumento”,  consideraron que el testamento ológrafo que había sido cuestionado  resultaba válido, debido a que el mismo se encontraba escrito de forma entera, firmado y fechado por la testadora. De acuerdo con la postura adoptada por los magistrados en el presente caso, dicho testamento resulta válido, debido a que cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3639 del Código Civil. En dicha normativa se establece que el testamento debe haber sido escrito todo entero,  encontrarse fechado y firmado por el testador, dejando en claro que la falta de alguno de estos elementos produce que tal documento devenga en inválido. En tal sentido, los letrados expresaron que el requisito de que el contrato fuese realizado de manera manuscrita por el testador, es con el fin de facilitar la pericia caligráfica que se debiesen efectuar en caso de que alguien adujera la falsedad del mismo. Por otro lado, en cuanto al silencio del emplazado expuesto por el actor, los jueces determinaron que dicho silencio constituye un reconocimiento de los hechos relatados por el actor, siempre y cuando no existan otras pruebas en el expediente  que lo contradigan, las cuales aparecen en el presente caso. Los camaristas, basándose en los testimonios expresados en la causa, así como en la pericia caligráfica efectuada, consideraron que dicho testamento posee todos los elementos necesarios a los efectos de su validez, revocando de esta manera lo dispuesto en la sentencia de primera instancia.  

 

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