Rechazan Pedido de Quiebra por Existir una Ejecución Anterior Pendiente
Fue ratificada por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial el rechazo efectuado sobre un pedido de declaración de quiebra sobre una sociedad anónima, debido a que aún no se encontraba concluida la ejecución individual correspondiente a un proceso anterior iniciado por la solicitante de la quiebra. En el proceso anterior, si bien existía una sentencia de remate contra la sociedad demandada, no fueron llevadas a cabo todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a dicha sentencia. Según la postura adoptada por los jueces que componen la Sala C, en los autos caratulados “Transmetro S.A. s/ pedido de quiebra”, resultaba correcto lo resuelto por el juez de primera instancia interviniente en el presente caso, quien determinó que la ejecución de las acciones embargadas que la  sociedad anónima demandada poseía en otra sociedad anónima, no se concretó como consecuencia de la falta de impulso por parte de la demandada. En tal sentido, el juez de primera instancia, había considerado que se encontraba acreditada la falta de circunstancias procesales a las cuales se les pudiera atribuir la imposibilidad de completar la subasta de las mencionadas acciones. Como resultado de lo mencionado anteriormente, según la postura de los camaristas, el pedido presentado en el presente caso deviene en inadmisible, debido a que el mismo fue considerado abusivo por parte de los jueces. Tal consideración, se debió a que se produciría una situación injustificada en caso de admitir el mismo, pudiendo existir en tal caso una coexistencia entre la ejecución colectiva que se realiza en la sede comercial y la que se desarrolla en la sede civil. En base a tales consideraciones, los camaristas decidieron rechazar el recurso presentado, determinando que el mismo resulta improcedente al no haberse demostrado la imposibilidad de efectuar el remate de las acciones.

 

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