Rechazan Reclamo de Indemnización por Discriminación
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó un reclamo de indemnización por parte de un trabajador que denunció haber sido despedido con una motivación discriminatoria derivada de su condición de portador de SIDA. Los miembros de la Sala VIII, en los autos caratulados “CCA c/ Rotamund S.R.L. s/ Daños y Perjuicios”, consideraron que no fue probada la alegada discriminación, ya que determinaron que la empleadora desconocía la enfermedad del actor al momento de despedirlo. Debido a ello, consideraron que faltaba el conocimiento de la causa de discriminar, lo cual es un hecho objetivo imprescindible. Según sostuvieron los camaristas en el fallo, es a partir de un hecho objetivamente reconocible, que tiene lugar la cadena de inferencias lógicas que conduce a la vehemente probabilidad de que haya mediado un acto discriminatorio, lo cual generaría la inversión de la carga de la prueba estipulada en el artículo 377 C.P.C.C.N. Los miembros del tribunal, resaltaron, que el único elemento objetivo invocado por el actor fue un certificado de alta médica en el que únicamente establece que se encuentra en aptitud física para reintegrarse al trabajo, luego de padecer un cuadro de neumonía. Los jueces, señalaron que ninguno de los compañeros declaró conocer que enfermedad padecía el actor. A su vez, destacaron, que en el momento de entregar el certificado pudo comunicar a sus empleadores que enfermedad padecía, y sin embargo, no lo hizo. Como el propio actor declaró que no se los comunicó a sus empleadores, por miedo a que tomaran algún tipo de represalias, los magistrados, entendieron, que estaba reconociendo el desconocimiento del empleador, ya que si alega que el empleador conocía su situación, no justifica la omisión de comunicar. 

 

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