Resolución 115/2020 de la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa. Creación del Programa Capacitación 4.0 y Economía del Conocimiento para Municipios

Continuando con el impulso dado a las economías del conocimiento el pasado 2 de julio mediante la creación del “Programa Soluciona”, el día 24 de julio fue creado el “Programa Capacitación 4.0 y Economía del Conocimiento para Municipios”, en la órbita de la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa del Ministerio de Desarrollo Productivo. El objetivo de éste nuevo programa es brindar asistencia financiera para promover el desarrollo, reactivación y/o reconversión productiva en Municipios de nuestro país a través del fortalecimiento de actividades de formación y capacitación para el trabajo en temáticas vinculadas a la Economía del Conocimiento a desarrollarse en conjunto con otros organismos públicos, entidades productivas, cámaras empresariales, clusters, polos tecnológicos, entidades educativas y laborales radicadas en el municipio y/o su ámbito de influencia con el fin de promover la empleabilidad de la población local.

 

Junto con la creación del programa, fue aprobado el respectivo Reglamento Operativo, facultándose a la Subsecretaría de Economía del Conocimiento para realizar todas las acciones necesarias para poner en marcha el funcionamiento del mismo, contando con un presupuesto de $23.108.833. Dicho Reglamento Operativo, explica los objetivos específicos del programa siendo la capacitación de recursos humanos y la reconversión de los procesos productivos de las industrias tradicionales en industrias 4.0, la mejora de conectividad a internet, el desarrollo de plataformas y Software, brindar herramientas financieras para aplicar a la contratación de recursos humanos calificados, promover la igual de género en la empleabilidad de mujeres, formar jóvenes en situación de vulnerabilidad y personas desempleadas para mejorar su empleabilidad y contribuir a la diversificación de la matriz productiva de los municipios.

 

Los beneficiarios del Programa serán los Gobiernos de los Municipios quienes, en conjunto con dos o más entidades educativas, sindicales o productivas, podrán postularse para la presentación de los proyectos de capacitación. El beneficio será entregado mediante Aportes No Reembolsables hasta un máximo de $500.000.- 

 

En cuanto a la temática de proyectos, éstos deberán tener una duración máxima de seis (6) meses, y capacitarán a sus participantes en procesamiento y análisis de datos, automatización e informatización de procesos productivos de industrias tradicionales, manejo de tecnologías aplicadas al manejo de stock, acceso y soporte digital al cliente y usuario, operación y mantenimiento de nuevos equipamientos y herramientas,  formación de recursos humanos en habilidades blandas (trabajo en equipo, flexibilidad y adaptabilidad, comunicación) y relacionales y de interacción, entre otras. 

 

A los efectos de la formación del presupuesto de los proyectos que se presenten, será considerado gasto elegible los honorarios y viáticos de los formadores, el material didáctico e insumos, los gastos de certificación y los servicios profesionales de asesoramiento técnico. No lo serán así los gastos de administración, catering, pago de tributos, la compra o alquiler del inmueble, participación en ferias y todo gasto que no este directamente asociado con la capacitación de los asistentes. 

 

Los proyectos postulados serán evaluados por la Subsecretaría de Economía del Conocimiento, quien mediante un sistema de puntaje evaluará su viabilidad, estableciendo como criterios de evaluación los objetivos y resultados esperados del proyecto, el carácter estratégico de la temática propuesta, la capacidad de empleabilidad de sectores sociales vulnerables y la razonabilidad del presupuesto proyectado. 

 

Al igual que el Programa Soluciona, el presente Programa exige una rendición de gastos periódica, la bancarización de todas las operaciones y un porcentaje de variación del presupuesto original no superior a 25 puntos. Por su parte, los Beneficiarios estarán obligados a presentar toda la documentación requerida por la Subsecretaría en tiempo y forma, así como permitir la fiscalización del programa y presentación de informes sobre la evolución del programa. Cualquier incumplimiento generará como sanción una revisión y total o parcial revocación del proyecto aprobado, devolución de los fondos entregados y la promoción de acciones judiciales que correspondieren. 

 

De esta manera, y de acuerdo a la última normativa publicada, es evidente el interés en el incentivo que se quiere dar al sector de la economía del conocimiento, quedando pendiente sin embargo la sanción del proyecto de ley de Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, el cual cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, y se encuentra esperando su sanción en la Cámara Alta

 

Por Paula Bosio Amor

 

 

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