Lineamientos para el desarrollo integral y sostenible del sector eléctrico en el corto y mediano plazo
Por Gonzalo Santamaría
Marval O’Farrell Mairal

La Secretaría de Energía busca generar consensos que permitan diseñar políticas públicas para el desarrollo integral y sostenible del sector eléctrico y presenta distintas acciones estratégicas en un documento de trabajo.

 

El 31 de diciembre de 2022 la Secretaría de Energía publicó el informe denominado “Lineamientos para el desarrollo integral y sostenible del sector eléctrico al corto y mediano plazo”, que puede descargarse desde el siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/noticias/lineamientos-para-el-desarrollo-integral-y-sostenible-del-sector-electrico-al-corto-y.

 

El informe enumera los distintos desafíos que enfrenta el sector eléctrico de cara a los próximos años. Entre otras cuestiones, se destaca allí la importancia de recomponer los ingresos del sector y, al mismo tiempo, disminuir la incidencia de los aportes del Tesoro Nacional, mediante: (i) un proceso paulatino de quita de subsidios a través de la segmentación de las tarifas energéticas; y (ii) la regularización de las deudas de las distribuidoras y cooperativas por compras de energía eléctrica con CAMMESA.

 

En este punto, en el informe se pone en evidencia la fuerte dependencia del sector eléctrico a transferencias del Tesoro Nacional. En 2021 el 2,3% del PBI (12.057 millones de dólares estadounidenses) fue destinado a los llamados “subsidios energéticos” (que incluyen transferencias para los sectores de gas natural y electricidad). La participación del sector eléctrico fue del 61% sobre el total de transferencias al sector energético.

 

En este contexto, el objetivo principal del informe es detallar distintas acciones estratégicas para el desarrollo del sector eléctrico y revertir su falta de sostenibilidad.

 

La primera medida que se propone en el informe se vincula con el desarrollo de un plan integral de eficiencia energética que permita mejorar la sostenibilidad del sistema energético y reducir sus costos. En particular, y sin perjuicio de programas respecto de otro tipo de usuarios, la eficiencia energética se plantea respecto de la demanda residencial, sector que concentra más de un cuarto del consumo final de la energía total.

 

Con respecto al sector de generación eléctrica, el informe reconoce que la dispersión en las remuneraciones a los generadores es un tema central del funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista. Esta dispersión es producto de la gran diferencia entre el precio pagado a los generadores con centrales “viejas” (mercado spot) y el precio pagado a las centrales “nuevas” con contratos (mercado a término).

 

Por otra parte, el informe también destaca la importancia que reviste el próximo vencimiento de las concesiones hidroeléctricas (con vencimientos a partir de la segunda mitad de 2023) y se propone analizar alternativas que garanticen la continuidad y la posible expansión de este tipo de generación eléctrica.

 

En marzo de 2022, la Secretaría de Energía había creado el llamado “Equipo de Trabajo de Aprovechamientos Hidroeléctricos Concesionados” a los fines de que realice un relevamiento integral del estado de situación de las concesiones hidroeléctricas de jurisdicción nacional. Este equipo debería entregar su informe en el mes de mayo de 2023, fecha muy próxima al vencimiento de distintas concesiones hidroeléctricas.

 

Cabe señalar asimismo que la composición de este equipo de trabajo fue en un principio objetada por funcionarios de distintas provincias que cuestionaron la falta de participación de las jurisdicciones locales.

 

Estos cuestionamientos anticipan la importancia de lograr consensos antes de adoptar medidas que definan el destino de las concesiones hidroeléctricas — ¿por ahora? — nacionales próximas a vencer.

 

A partir de la reforma constitucional de 1994, y en particular debido al reconocimiento del dominio originario de los recursos naturales en favor de las provincias consagrado en el art. 124, no es posible descartar que existan cuestionamientos respecto de las facultades del Estado nacional de otorgar concesiones de generación hidroeléctrica en los términos de la Ley N° 15.336.

 

Otro de los puntos que el informe destaca respecto del sector de generación eléctrica se vincula con la mayor disponibilidad de gas natural local a precios competitivos a partir de la construcción del Gasoducto Presidente Néstor Kirchner. Esta mayor disponibilidad, según el informe, además disminuir de manera significativa los costos de abastecimiento de combustible que hoy se cubren con aportes del Tesoro Nacional, “podría sugerir que existe la posibilidad de ampliar los contratos térmicos” celebrados por Grandes Usuarios.

 

El propio informe paradójicamente reconoce que desde 2013 se encuentran “prohibidos” los contratos térmicos entre los generadores y los Grandes Usuarios. Esta prohibición, si bien cuenta con unas pocas excepciones, se instrumentó como una “suspensión temporaria” mediante la Resolución N° 95/2013 de la Secretaría de Energía y constituye una clara violación del régimen regulatorio de la energía eléctrica. Específicamente, de la autorización que establece el art. 6° de la Ley N° 24.065.

 

Respecto de la generación renovable, el art. 10 de la Ley N° 27.191 establece que “no son aplicables a los Grandes Usuarios y a las Grandes Demandas comprendidos en el mismo ni a los generadores que utilicen las fuentes renovables de energía, ninguna norma vigente al momento de la entrada en vigencia de la presente ley o que se dicte en el futuro, que de cualquier manera limite, restrinja, impida o prohíba, transitoria o permanentemente, la celebración de los contratos de suministro previstos en el artículo 6° de la ley 24.065”.

 

De esta forma, el Congreso de la Nación dejó sin efecto la suspensión que impedía celebrar nuevos contratos de abastecimiento de energía eléctrica (PPA, por su sigla en inglés) generada a partir de fuentes renovables.

 

Esperamos que la posibilidad contemplada en el informe respecto de la posibilidad de celebrar nuevos PPA térmicos se materialice con las adecuaciones regulatorias correspondientes que restablezcan el diseño originario del Mercado Eléctrico Mayorista. El restablecimiento de los PPA térmicos constituye un paso imprescindible hacia la normalización regulatoria del sector eléctrico.

 

Con respecto al sector de distribución eléctrica, el informe propone, entre otras cuestiones, (i) facilitar la colaboración entre jurisdicciones mediante la propuesta de una estandarización de criterios regulatorios; y (ii) actualizar y homogeneizar los marcos regulatorios para que consideren el ingreso de tecnologías disruptivas en el sector, como es el caso de la electromovilidad, la digitalización y medidores inteligentes. Entre estas tecnologías disruptivas cabe considerar asimismo a los sistemas de almacenamiento en baterías.

 

Por último, respecto del sector de transporte eléctrico, el informe destaca la ejecución del Plan Federal de Transporte Eléctrico y la importancia de ampliar las redes existentes mediante la incorporación de nuevo transporte eléctrico. Estas ampliaciones son necesarias para sortear las restricciones actuales que dificultan la incorporación de nueva potencia renovable y, además, para disminuir los requerimientos de generación forzada.

 

El sector eléctrico argentino es muy permeable a los vaivenes macroeconómicos y, en consecuencia, atraviesa crisis recurrentes seguidas por declaraciones de emergencia, congelamientos tarifarios y suspensiones temporarias que se extienden muchos años. Este tipo de medidas atenta contra la instrumentación de políticas energéticas sustentables y de largo plazo que permitan el desarrollo de un sector que resulta indispensable para el progreso económico y social de nuestro país.

 

En este contexto, consideramos muy loable la propuesta de la Secretaría de Energía de poner a consideración de las provincias, los representantes de la industria y de la sociedad civil en general un informe que contempla distintas líneas de trabajo orientadas a recuperar la sostenibilidad del sector eléctrico.

 

Cualquiera sea la solución regulatoria que se adopte o promueva, deberá garantizarse el consenso, la seguridad jurídica y la previsibilidad, valores imprescindibles para el desarrollo de futuros proyectos energéticos en los sectores de generación, distribución y transporte. Esperamos que las distintas acciones estratégicas identificadas en el informe puedan implementarse garantizando estos valores.

 

 

Marval O'Farrell Mairal
Ver Perfil

Opinión

El nuevo art. 245 bis de la LCT y la reedición de viejos errores del pasado
Por Lucas J. Battiston
PASBBA
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan