Sobre el principio “alterum non laedere”

Por Alfredo Di Pietro -
Estudio Jurídico Di Pietro

 

La expresión “alterum non laedere”, fue consagrada por el jurista romano Ulpiano como uno de los tres “iuris praecepta”, y se traduce como el deber de no dañar a nadie.

 

Este principio del derecho, ha sido reiteradamente reconocido y definido en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion, como ligado a la idea de reparación. Así lo encontramos en los casos "Santa Coloma" Fallos, 308:1160, "Aquino" Fallos 327:3753, "Diaz, Timoteo" Fallos 329:473, entre muchos otros.

 

Trataremos aquí de desentrañar el sentido más profundo de este aforismo, atendiendo en primer lugar al significado de las palabras.

 

Resulta curioso, en primer lugar, que Ulpiano utilizara el verbo “laedere” y no así la palabra “damnare” tomando en consideración que nosotros traducimos el vocablo “laedere” como “dañar”. El aforismo bien podría haber dicho “alterum non damnare”, pero ello no ocurrió.

 

La palabra “damnum”, proviene de la raíz indoeuropea *da o *déh, que significa cortar, dividir. De allí se forman muchas palabras latinas como la palabra “daps” que significa “manjar”, “convite”, que se relaciona con los platos, porque allí el alimento se divide en porciones.

 

La misma raíz está emparentada en griego con el verbo  daíomai que significa “dividir” “partir” “repartir” y también con el vocablo “demos”, que significa  “pueblo”, dado que en toda constitución política existe una distribución del territorio y de los ciudadanos. Los ejemplos que podemos encontrar son muchos. Dedo se dice “dáctyl” en griego, y  -dáctilos- es el nombre con el que mencionamos el sitio en donde la mano se divide.

 

Dactylus, es el nombre del dátil, porque es el fruto de la palma, que se parece a la mano. De allí que en el lenguaje cotidiano hablemos de la “palma de la mano”, al menos en la lengua española.

 

La idea de división, de partición, es inherente al sentido de la raíz *da, en la medida que toda división encierra la idea de una disminución. De tal modo, llegados a este punto, podemos afirmar que “damnum” entraña la idea de algo que es “rebajado”, “disminuido” con respecto a una situación o posición que sirve de referencia.

 

El significado de laedere.

 

Esta palabra se forma a partir de la raíz indoeuropea *le-  y es traducida habitualmente al español como sinónimo de “dañar”, pero en realidad, en su primera acepción, tiene el sentido de luchar, enfrentar, chocar bruscamente, como los carneros que golpean una y otra vez sus cabezas.

 

Se halla emparentada –en la lengua griega- con “Lethé”, divinidad del olvido y en la lengua latina con “Letus”, es decir, muerte. Pero en lo que aquí nos interesa, en la lengua latina la palabra laedere, significa chocar bruscamente, golpear.

 

Cabe agregar que el verbo laedere está relacionado con el sustantivo laesio que equivale a lesión, golpe o herida en sentido físico o moral.

 

En este sentido encontramos en Lucrecio la siguiente expresión: “Turbida ponti Aequora laedabant naves… ”, es decir: Las naves luchaban… Aquí queda claramente expresada esa idea de choque, enfrentamiento.

 

Justamente el laedere expresa la idea de los litigantes que se enfrentan uno a otro, que chocan entre sí sus intereses contrapuestos, a la espera de que el ius reestablezca a cada uno su posición “iusta”.

 

Es curioso señalar que entre los distintos significados etimológicos de la palabra “ius”, este término resulta también comprensiva para designar la restauración del estado óptimo o máximo de una situación que había quedado deteriorada en estado impuro o enfermo.

 

Para la mentalidad de los juristas romanos, en toda situación litigiosa, existe una cierta situación de enfrentamiento, es decir impura o de enfermedad, pudiendo establecerse analógicamente que todo litigio expresa un estado impuro o enfermo comparado con la situación óptima o máxima que es la de la justicia. Y es a quien administra justicia a quien se le encomienda poner las cosas en su lugar purificando esa situación impura y reestableciendo mediante la iuris dictio el orden jurídico.

 

Con lo cual, llegados a este punto, podemos afirmar que el sentido del laedere  es mucho más amplio que el mero damnare. Así, la expresión “alterum non laedere”, cobra entonces más fuerza, pues no se reduce a lo que podríamos entender como no dañar, sino que viene a significar un “no lidiar”, “no pugnar” con los demás, entendiendo que la paz es uno de los fines del derecho.

 

Acerca del verbo nocere

 

No podemos dejar de mencionar en este aspecto el vocablo noceo, que también suele ser empleado como un sinónimo de damnum.

 

Esta palabra procede de una raíz indoeuropea *nek, *nok, que en la lengua latina es raíz de palabras como nox, es decir noche. Así, en la lengua alemana encontramos la palabra Nacht, y en la lengua inglesa night, ambas vinculadas por la misma raíz.

 

La noche se halla vinculada a la muerte del sol, que se oculta en occidente para renacer en el oriente. Aquí el vocablo occidere se presenta sinónimo de muerte y expresa la idea de perjuicio, pues la noche perjudica a la luz y a los trabajos de los hombres.

 

Noceo, significa justamente eso: perjuicio. En los textos, lo podemos encontrar con ese mismo sentido. Así el jurista Marciano, refiriéndose a la mora, dice: “alterius mora alteri non nocet”, es decir que la mora de uno no perjudica al otro .

 

También encontramos en Séneca: Nefas est nocere patriae. Nocere, aquí tiene el sentido de negación. Así como la noche, -cuya raíz es la misma que la del vocablo nocere, nos niega la realidad, aquí el vocablo viene a tener ese mismo sentido.  La expresión “nocere patriae” no significa otra cosa que “negar”, “desconocer” a la patria. Y el adjetivo que emplea Séneca es altamente definitorio: “nefas” es decir contrario a los dioses. Es de destacar que en no muchos textos se emplea la expresión “nefas” con tanta fuerza como en estos párrafos.

 

De modo que la expresión podría traducirse del siguiente modo:”Es impiadoso negar a la patria” o también “Repugna a los dioses desconocer a la patria” y ¿por qué? La respuesta se encuentra en los párrafos siguientes. Porque el “universum”, dice Séneca, “venerabile est”, y por ello recurre a la comparación con los miembros, distinguiendo a los miembros de la “societas”. Así como los miembros de una sociedad se encuentran en una armonía recíproca, resulta necesario el “salva autem esse societas” sobre la base del amor y del respeto recíproco.

 

En definitiva, el sentido del nocere es el de perjuicio, de privación

 

Conclusión.

 

Retomemos la idea del laedere y de los carneros que chocan entre sí con sus cornamentas. Allí no hay un todavía un “damnum”, aunque sí hay un enfrentamiento que puede provocar consecuencias dañosas. De donde podemos deducir que “alterum non laedere” comprende asimismo toda situación en la cual las partes, aunque aún no se hayan lastimado o dañado, podrían llegar a hacerlo.

 

Por ello, cuando Ulpiano afirma “alterum non laedere” como un precepto de la justicia, está afirmando algo más que un mero “no dañar”; Está afirmando que debemos evitar toda confrontación, toda agresión, toda lidia con nuestros semejantes.

 

Este es el sentido de la idea de “respeto”, contenida en diversas normas, como la Convención Americana de Derechos Humanos (1969), expresa implícitamente esta idea del “neminem laedere”, cuando afirma:

 

Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.  Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.  Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente. (art. 4)

 

Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral. (art. 5)

 

Este es el sentido más profundo de la expresión que estamos aquí analizando, y cuya adecuada comprensión, requiere venir a entender el exacto sentido de las palabras.

 

Pues tal como nos lo enseña Heidegger, debemos tener presente que “no es el hombre el hacedor del lenguaje, sino que es el lenguaje el que forja al hombre”.

 

 

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