La AFIP Controlará Gastos con Tarjeta Superiores a los 3 Mil Pesos
Por medio de la Resolución General N º 2743, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la implementación de un nuevo régimen de información, con el fin de controlar a las empresas emisoras y los titulares de los plásticos, para lo cual confrontará tales datos contra las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales. Por medio del nuevo mecanismo, el organismo de recaudación fiscalizará los casos en los que se detecten notables incongruencias entre el nivel que surge de los consumos informados contra lo declarado en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, destacando desde el organismo que se dan casos de contribuyentes que presentan un elevado nivel de gastos con tarjeta y figuran como monotributistas. La AFIP determinó que las compañías administradoras de sistemas de tarjeta de crédito deberán informar mensualmente los locales adheridos, los plásticos emitidos en el país como en el exterior, así como las operaciones canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito y/o compra. De acuerdo a lo estipulado en la resolución, los datos deberán ser suministrados a la AFIP a través de su sitio web, debiendo las compañías emisoras de los plásticos cumplir con tal obligación hasta el día 26 del período inmediato siguiente al del período informado. La normativa establece que las empresas emisoras de plásticos se encuentran obligadas a suministrar los datos en aquellos casos en que la sumatoria de las operaciones canceladas con las tarjetas utilizadas por cada titular, más las utilizadas por usuarios, titulares adicionales y/o beneficiarios de extensiones sea igual o superior a 3 mil pesos mensuales.

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan