La Corte Emitiría un Fallo Estableciendo una Nueva Doctrina sobre la Confiscatoriedad de los Impuestos
En el marco de una causa donde se involucra a la empresa Candy S.A., propiedad del Grupo Arcor, la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitiría en el día de hoy un nuevo fallo relativo al ajuste por inflación de los balances, donde se presume que se apartaría de su propia jurisprudencia sobre el tema. El Máximo Tribunal adoptaría una nueva doctrina sobre la confiscatoriedad de los impuestos, estableciendo que para determinar la existencia de la misma deberá tomarse como base al balance contable ajustado. En caso de que el impuesto a la ganancias supere el 33%, la Corte diría que el mismo es confiscatorio, no permitiendo que el fisco reclame por el excedente de dicho porcentaje. Sin embargo, la tasa empírica final en base a dicho cálculo sería del 46,55%, aceptando aplicar la misma para el año 2002, tras considerar que el mismo fue un año excepcional, para lo cual plantearía aplicar el “esfuerzo compartido”, destacando que en dicho año todos sufrieron pérdidas. El principal punto de discusión radica en los balances correspondientes al año 2002, cuando como consecuencia de la devaluación el valor nominal de los bienes se vio triplicado, no reflejando ganancias reales el señalado incremento patrimonial. De acuerdo a lo publicado en el día de hoy por el Cronista, la Corte rechazaría en principio considerar como inconstitucional la ley 24.073, la cual prohibió incluir en el índice que desarrollaba la DGI la inflación posterior a 1992. Tal postura sería adoptada en principio, considerando que la misma no sería aplicable en caso de que lleve a una situación de confiscatoriedad, debiendo ser analizada en cada caso concreto. A pesar de que en forma reiterada, la mayoría de las cámaras consideraron como inconstitucional la prohibición del ajuste por inflación, el Máximo Tribunal aún no se ha expedido al respecto. En los últimos tiempos, ante los reclamos de los contribuyentes solicitando el ajuste por inflación, la mayoría de las cámaras de apelaciones hicieron lugar a los pedidos de ajuste por inflación de los balances para el cálculo del Impuesto a las Ganancias. En dichas resoluciones, los camaristas solicitaban la aplicación de un mecanismo de corrección de las consecuencias por inflación y depreciación monetaria, considerando que en caso contrario, el impuesto a las ganancias estaría afectando rentas nominales, prescindiendo en tales casos de la verdadera capacidad contributiva del contribuyente.  

 

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