La Justicia Abrió la Puerta a los Reclamos de los Jubilados
La Cámara de la Seguridad Social en su Sala II ordenó a ANSES, en base a una cautelar interpuesta por Néstor Capa, un jubilado de 75 años, con sustento en el ya famoso caso Badaro, que debería ser de aplicación automática para todos los haberes que reúnan las condiciones temporales. La sentencia en Primera Instancia había sido adversa, ante lo cual Capa apeló y la Cámara le dio la razón. A raíz de esa sentencia, aún cuando no quede firme porque sea apelada, el estado debe reajustarle el haber al jubilado actor en más del 50 %. Si se tiene en cuenta que, según doctrina Badaro, los haberes entre 2002 y 2006 debe reajustarse en un 88,6 %. De dicho aumento sólo se otorgaron dos y por porcentajes mucho menores.: del 10% en septiembre de 2004 para los que ganaban menos de $ 1.000 y el 11% en junio de 2006 para todos los jubilados. La diferencia implica una ajuste de hasta el 54,5% ó 69,9%, según la fecha de jubilación. A partir de este pronunciamiento, millones de jubilados tienen el derecho a peticionar el reajuste, sin tener que esperar el resultado del juicio de fondo. La medida solicitada por el jubilado fue innovativa, es decir que modifique su actual situación. A partir de este precedente, en lugar de que transcurra un lapso de tiempo muy prolongado hasta obtener la sentencia, esos jubilados pueden obtener el reajuste de sus jubilaciones en poco tiempo. El principal argumento de Capa fue que es posible que cuando la justicia se pronuncie sobre el fondo podría no hallarse con vida y tornar ilusorio su derecho al aumento de su haber. Además de vulnerar derechos humanos, como el de subsistencia, ala salud, a la alimentación, etc.

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan