Fallos
Viernes 29 de Mayo de 2009
Legislatura Porteña Modifica Plazo de Renovación de las Licencias para Conducir
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una modificación del artículo 3.2.6 del Código de Tránsito y Transporte de la ciudad, estableciendo una mayor vigencia para la licencia de conducir de los mayores de 70 años.
Dicha reforma, autoría del diputado macrista Daniel Amoroso, la cual ya recibió la crítica de expertos en seguridad vial, establece que dicha licencia para conducir durará dos años, no siendo necesario su renovación cada 12 meses como ocurre en la actualidad.
Según argumentó el legislador, el nuevo plazo para la renovación de la licencia de conducir a partir de los 70 años , se debe que hasta los 69 el plazo por el cual la misma se otorga es de tres años, pudiendo otorgarse por un plazo menor luego de los 70 en caso de que los resultados del examen físico del titular de la licencia lo ameriten.
Antes de que se produzca la vigencia de la modificación del plazo para la renovación de la licencia, debiendo ser publicada la ley en el Boletín Oficial, la renovación del registro en capital debe hacerse cada 5 años, cuando el titular tenga entre 21 y 45 años, cada 4 años, entre los 46 y 60 años, cada 3 años entre los 61 y 70 años, y cada doce meses, cuando el titular de la licencia supere la edad de 70 años.
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