Fallos
Lunes 06 de Julio de 2009
Postergan Plazo para Justificar la No Emisión del Voto
Por medio de una Acordada, la Cámara Nacional Electoral, dispuso la prórroga por 30 días más del plazo previsto en el Código Electoral Nacional para la justificación de la no emisión del voto, pudiéndose realizar dicho trámite hasta el 29 de septiembre del corriente año.
Mediante la Acordada Nro. 81, la Cámara Nacional Electoral prorrogó por 30 días más el plazo de 60 días previstos en el Artículo 125 del Código Electoral Nacional para justificar la ausencia durante las pasadas elecciones legislativas.
En la misma acordada, la Cámara resolvió adelantar la feria judicial, estableciendo guardias mínimas en razón del avance de la Gripe A.
Durante el plazo comprendido entre el 6 de julio y el 18 del mismo mes, sólo se procederá a la justificación de la no emisión del voto de aquellos ciudadanos que acrediten de manera fehaciente la urgencia en dicho trámite.
Opinión
El TSJ de Córdoba definió el plazo de prescripción en seguros, cuando existe una relación de consumo, y ratificó la constitucionalidad de la prohibición de indexar (L. 23928)
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