Algo Más sobre las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación. (DJAI)

Por Luis Alejandro Rizzi

 

Ilusamente se creía que con la salida del Licenciado Guillermo Moreno de la Secretaria de Comercio Interior, el trámite de las DJAI se agilizaría, pero no fue así, más aun se han agregado algunos requisitos por la vía del SIM (Sistema informático Maria)

 

Se continua “OBSERVANDO” las DJAI, hecho que impide continuar con el trámite para realizar una importación, sin expresar el motivo o su causa como lo manda la RG 3252 (ver nuestra nota del 11 de octubre pasado en este portal). Este modo de operar vulnera la ley de procedimientos administrativos y en nuestra opinión podría generar responsabilidades por parte de los funcionarios responsables, en este caso el actual Secretario de comercio.

 

En estos casos sugerimos presentar el debido reclamo administrativo el que debería ser respondido dentro del plazo fijado por la RG 3255 y en caso de no tener respuesta se puede recurrir al “amparo por mora” o directamente al amparo para validar la DJAI cuestionada sin causa que impide el ejercicio de derechos legítimos establecidos y garantizados por la Constitución de modo groseramente arbitrarios.

 

Sin embargo desde hace días la AFIP exige una nueva serie de requisitos, que como es costumbre en este gobierno no reconoce fundamento legal alguno.

 

En efecto, a partir del pasado 15 de enero la AFIP a través del SIM ha comenzado a solicitar la siguiente información adicional para la oficialización de las DJAI: Modalidad de giro (diferido, anticipado o vista) - Porcentaje del primer giro- Fecha probable del giro (aproximada)

 

Mediante esta exigencia, que si no se cumple impide continuar con la validación de cada DJAI, es obvio que el gobierno busca privilegiar al importador que logre mayores plazos de pago, algo complicado dado el escaso nivel de confianza que hay en el país al tiempo que se establece una nueva restricción de pagos al exterior ante la pérdida constante de divisas que padece el BANCO CENTRAL.

 

El SIM pregunta si la validación de la DJAI implica un giro de divisas, en caso afirmativo, luego pregunta si el pago será anticipado, diferido a la vista o desde una cuenta del exterior.

 

Esto demuestra una vez más el desprecio por parte de los funcionarios públicos por el respeto a los procedimientos administrativos exigiendo el cumplimiento de obligaciones que no surgen de ninguna decisión administrativa previamente publicada.

 

Este es el modo que tiene este gobierno para “solucionar” el continuo drenaje de divisas, cuya causa está en el propio BANCO CENTRAL incapaz de cuidar el valor de nuestra moneda, convertido en mero agente financiero  del gobierno.

 

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan