Arbitraje. Una forma eficaz de gerenciar los conflictos contractuales de las empresas

El arbitraje es el método más recomendado por los especialistas para que las empresas diriman los conflictos que pudieren surgir de sus contratos comerciales; de hecho, a nivel mundial es la metodología mayormente elegida por las grandes compañías para solucionar sus controversias.

 

Con una vasta experiencia en la materia arbitral y reconocida trayectoria a nivel nacional e internacional, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) cuenta con el Centro de Mediación y Arbitraje Comercial (CEMARC), el cual, a través de su Corte de Arbitraje brinda servicios de gerenciamiento y administración de conciliaciones y arbitrajes, en sintonía con los métodos utilizados a nivel internacional.

 

El Reglamento de Arbitraje de la Corte CEMARC ofrece particularidades que lo convierten en una opción institucional con amplías garantías para todas las partes del proceso arbitral. En primer lugar, existe total libertad de las partes para la elección de los árbitros: sólo en el caso de que las partes no acuerden en alguna designación de árbitro, entonces la Corte deberá seleccionarlo de una Lista que las partes conocen de antemano por estar publicada en nuestra página web y que incluye árbitros de distintas nacionalidades. Por otra parte, la Corte mantiene confidencialidad respecto de los funcionarios y autoridades de la CAC, de las empresas y entidades asociadas, y de todas las personas ajenas al procedimiento arbitral.

 

Las leyes de aranceles de profesionales no le son aplicables a los profesionales intervinientes a menos que la parte que los designó acepte soportar íntegramente su remuneración; y los honorarios de los árbitros son fijados por el Directorio de la Corte en base a una tabla que puede conocerse por anticipado. El laudo final, antes de su firma y notificación a las partes,  es revisado por el Directorio del CEMARC –cuya integración también aparece publicada en nuestra página web, a efectos de corregir eventuales nulidades y el cumplimiento del Reglamento por parte de los árbitros es controlado por el Director de Procedimientos a lo largo de todo el proceso arbitral.

 

Es de destacar que esta modalidad para resolver un reclamo contractual ofrece confidencialidad, bajos costos y respuestas rápidas, lo que en el ámbito de los negocios se traduce en la posibilidad de continuar con los quehaceres propios de cada actividad sin la pérdida de tiempo, altos costos y un sinfín más de trabas que insumiría un juicio ordinario en la Justicia.

 

Los Reglamentos y otras informaciones afines se pueden consultar en la solapa “Areas/CEMARC” de la página web de la CAC: http://www.cac.com.ar

 

La CAC cuenta con el Centro de Mediación y Arbitraje Comercial (CEMARC) de reconocida trayectoria nacional e internacional en materia de conciliaciones y arbitrajes

 

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan