Europa: La Justicia Sostuvo que el Lenguaje de Programación no se Encuentra Protegido por los Derechos de Autor

A partir de la demanda presentada por la empresa SAS Insitute contra la sociedad World Programming (WPL) por la copia de manuales y componentes del sistema de la peticionante, se dictó una polémica sentencia en Europa relacionada con el ámbito tecnológico.

 

En tal sentido, el máximo tribunal de Justicia europeo consideró que el lenguaje de programación y la funcionalidad de un programa de computación no son susceptibles de protección a través de los derechos de autor.

 

Así, el tribunal sostuvo que el formato de los archivos de datos y el lenguaje de programación no constituyen formas de expresión alguna y, por tal motivo, no disfrutan de la protección intelectual.

 

Con respecto a la demanda, SAS Institute cuenta con un componente básico del sistema que permite a los usuarios escribir y ejecutar programas de aplicación escritos en el lenguaje de programación SAS y que admite el tratamiento de los datos.

 

Por su parte, la firma WPL creó el denominado “World Programming System”, el cual es un sistema sustitutivo capaz de ejecutar programas de aplicación escritos en lenguaje SAS.

 

Para la producción de lo mencionado, WPL adquirió de forma legal copias de la versión de aprendizaje del sistema SAS, suministrado con una licencia que limitaba los derechos a un uso no destinado a la producción.

 

Luego de la demanda de la empresa peticionante ante la justicia británica, se resolvió no hacer lugar a la solicitud basándose en que "el titular de los derechos de autor de un programa de ordenador no puede impedir que el adquirente de una licencia observe, estudie y verifique el funcionamiento de ese programa ni los actos de carga y desarrollo necesarios para su utilización, siempre y cuando no se infrinjan los derechos exclusivos del primero".

 

Por otra parte, el fallo agrega que "no puede haber infracción del derecho de autor cuando el adquirente de la licencia no ha tenido acceso al código fuente del programa de ordenador".

 

Cabe señalar que la decisión del tribunal afirmó que la reproducción, en un programa o manual de utilización, de aquellos elementos descritos en el manual de otro programa, si puede constituir una infracción en los derechos de autor.

 

 

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