Fue golpeada por su pareja y la condenaron por disturbios en la vía pública

María Marta Miguens tiene 54 años, una hija de 19 y dos trabajos. Ya había denunciado a su marido cuatro veces en la Comisaría de la Mujer por violencia doméstica. La justicia impuso una orden de restricción, aunque no fue cumplida.

 

Cuando la mujer volvió a la casa que había formado con su pareja para buscar sus documentos, tal como se lo había pedido el abogado, el hombre comenzó a golpearla. Marta llamó a la línea de emergencias, pero uno de los oficiales que participó del operativo la denunció por disturbios en la vía pública.

 

“Se la llevaron sin orden de detención y ningún vecino dijo haber escuchado nada”, remarcó la abogada de Migens, Graciela Achabal. En ese entonces, la mujer pasó ocho horas en la comisaría.

 

A pesar de este acontecimiento, la juez de paz de la localidad de Saladillo, ubicada a 182 kilómetros de Buenos Aires, condenó a Miguens a dos días de cárcel y a pagar una multa de 1440 pesos por disturbios en la vía pública.

 

De esta manera, la mujer que sufrió los golpes de su pareja se convirtió en la infractora del artículo 74 de la ley 8031, el cual determina lo siguiente: “El que con ruidos de cualquier especie, toques de campana, aparatos eléctricos o ejercitando un oficio ruidoso, de modo contrario a los reglamentos, afecten la tranquilidad de la población”.

 

La letrada de Migens apelará el fallo para que la pena quede en suspenso. “Ella vivía en una situación de esclavitud y de dependencia absoluta. Para asegurarse de que Marta fuera a trabajar, él la acompañaba. Y si ella se negaba podía llevarla a la rastra cinco cuadras hasta el hospital”, cuenta Achabal.

 

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan