Los jueces Sebastián Picasso, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper de la Sala H de la Cámara Civil condenaron a las empresas por no cumplir con una cautelar que los obligaba a quitar todo lo vinculado a la modelo Mariana Arias con sitios pornográficos.
En su resolución, la Sala afirmó que los buscadores se encuentran en "en condiciones técnicas para acreditar en qué fecha y mediante que metodología procedió a dar estricto cumplimiento a la cautelar decretada, mas no lo acreditó".
En un primer momento, Arias obtuvo una medida cautelar en la que se ordenaba a los buscadores Google y Yahoo! a suspender la vinculación con los sitios pornográficos que se produce al introducir el nombre de la demandante.
De esta manera, la justicia confirmó que la multa genera por el incumplimiento de una orden judicial "se traduce en una sanción pecuniaria de naturaleza procesal que tiene su origen en la contumacia del destinatario de la medida de resistir una decisión judicial".
Asimismo, se aclara en la resolución que la multa es independiente del monto que reclama la modelo por el “daño moral” ocasionado. "Pretender que el monto liquidado por la multa se relacione con el monto otorgado en concepto de daño moral implicaría beneficiar a la recurrente que con su propia conducta puso en evidencia un total desprecio por las decisiones judiciales y por ende motivó la sanción pecuniaria", resalta el fallo.
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