El organismo que preside Ricardo Echegaray realizó la reglamentación de la Resolución 3252, la cual obliga a todos los importadores a presentar una declaración jurada anticipada antes de efectuar cualquier compra en el exterior.
La AFIP había anticipado el viernes de la semana pasada dicho accionar a través de un comunicado. El lunes pasado, la norma que empezará a regir a partir del primero de febrero, fue notificada en el Boletín Oficial.
El artículo 1º de la medida establece una Ventanilla Única Electrónica para el régimen de Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) con el objetivo de “generar un proceso de integración de la gestión de los organismos gubernamentales que participan de las operaciones de comercio exterior”. Con esto se intenta formar una herramienta informática que facilite la transferencia ininterrumpida de información comercial.
Además, la norma afirma que los organismos que se adhieran al sistema tendrán un plazo de 72 horas luego de formulada la declaración para realizar las observaciones electrónicas que correspondan. Cabe destacar, que este lapso podrá ampliarse hasta un máximo de 10 días corridos.
Por su parte, la medida no es aplicable a las operaciones “que cuenten con una carta de crédito irrevocable abierta o documento equivalente, o un pago anticipado” llevadas a cabo con anterioridad al mes de febrero. La DJAI contará con una vigencia de 180 días desde su oficialización.
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