La Comunidad Europea Propone Nuevas Medidas para Reforzar la Protección de los Depósitos Bancarios

Con el fin de restaurar la confianza en el sistema financiero europeo, la Comisión Europea (CE) propuso una serie de medidas para reforzar la protección de los depósitos bancarios en caso de quiebra de la entidad, así como también de las inversiones ante posibles negligencias por parte de los operadores, habiendo sido tales medidas planteadas por los veintisiete países que integran el bloque con el fin de reflejar cierta normalidad para que el mercado vuelva a apostar por las entidades europeas.

 

Como una forma de continuar con las medidas pactadas por los Estados miembros en 2008 en respuesta al estallido de la crisis, desde Bruselas analizan elevar hasta cien mil euros la garantía de los depósitos bancarios en toda la Unión Europea, acelerando los plazos para el pago hasta los 7 días.

 

En caso de que la garantía de los depósitos alcance los cien mil euros, el 95% de las cuentas bancarias de Europa estarán protegidas en su totalidad, mientras que junto con ello, la Comunidad Europea propuso un refuerzo de la protección de las inversiones en caso de fraude o de errores de parte de las entidades.

 

Con relación a los plazos, los países se comprometieron a reducir de tres meses a entre 4 y 6 semanas el tiempo máximo para la devolución del dinero de los ahorristas, previendo desde Bruselas recortar aún más tales plazos.

 

Con relación a la protección a los inversores, la Comunidad Europea dejó en claro que no se trata de proteger los riesgos propios de las inversiones, sino ante las posibles negligencias de quienes manejan el dinero, buscando evitar otro caso Madoff.

 

Entre las medidas destinadas a la protección de las inversiones, figuran la de proteger a los inversores aunque su entidad ceda la gestión de su dinero a una tercera firma, aumentar el tope de las compensaciones hasta los cincuenta mil euros, frente a los veinte mil actuales, así como también acelerar los plazos para el pago, los que en la actualidad pueden tardar años.

 

 

Opinión

Reglamentación del “Sistema de Cese Laboral”. La trascendencia del Decreto 847/2024
Por Julian G. Cosso
CYT Abogados
opinión
ver todos

Diferencias entre leasing operativo y leasing financiero
Por EDUARDO A. BARREIRA DELFINO
Cevasco, Camerini, Barreira Delfino & Polak Abogados


Figuras penales que alcanzan a la actividad del martillero público
Por Gastón Federico Martorell
Kabas & Martorell

detrás del traje
Ignacio Gonzalez Zambón
De TCA TANOIRA CASSAGNE
Nos apoyan