El 20 de agosto de 2024 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 743/2024 (el “Decreto”), que establece la modificación del Decreto N° 182/19 que regula la firma digital. A partir de ahora, la verificación de identidad podrá hacerse de manera remota.
El inciso 2 del artículo 21 del Decreto N° 182/19 normaba que “[l]a verificación de los datos de identidad debe hacerse de manera presencial, mediante los datos biométricos que determine la Secretaría de Modernización Administrativa…”. El nuevo Decreto modifica este pasaje, mencionando que “[d]icha verificación puede o no hacerse de manera presencial, para lo cual se deberán emplear servicios de validación de identidad en tiempo real que utilicen el confronte de datos del RENAPER”.
Además, el artículo 27 del Decreto N° 182/19 dictaminaba que “[l]a presencia física del solicitante ante el Certificador Licenciado o sus autoridades de registro será condición ineludible para el cumplimiento de los trámites necesarios para la emisión del correspondiente certificado digital”. Contrario a esto, el nuevo Decreto sentencia que esta condición ya no es necesaria.
Por Emilio Beccar Varela, Mariana Lamarca Vidal y Florencia Rosati
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