No Dejes Para Mañana los Dólares que Puedas Ingresar Hoy

Dos Minutos de Doctrina
Por Javier Podrez Yaniz
Negri & Teijeiro Abogados

 

Una resolución del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas reduce drásticamente los plazos de ingreso de divisas por la liquidación de exportaciones.

 

En una muestra más de que la prioridad es hacerse de divisas con la mayor celeridad posible para estar en condiciones de afrontar las obligaciones de la deuda externa de próximo vencimiento, el gobierno –a través del Ministerio de Economía y Finanzas- ha dispuesto el acortamiento de los plazos legales para que los exportadores ingresen al país las divisas percibidas en el exterior.

 

La resolución 142/20121 acorta el plazo mínimo anterior2 para ciertas mercaderías y productos, de 60 a 15 días corridos computables a partir de la fecha de los embarques respectivos.

 

La nueva normativa mantiene el esquema anterior que determina los plazos en función de cada posición arancelaria, pero establece como novedad la obligación genérica de ingreso de divisas en el plazo de 15 días corridos “cuando se trate de operaciones entre empresas vinculadas”.

 

También se prevé la posibilidad de otorgar honrosas excepciones al tratamiento general. Tales excepciones quedarán en manos de una “Unidad de Evaluación” que estará integrada por los Secretarios de Comercio Exterior y de Política Económica y Planificación del Desarrollo.

 

Las reformas introducidas conforman indudablemente un paquete también integrado por la reciente reforma de la Ley de Convertibilidad y la Carta Orgánica del Banco Central (tendientes a facilitar el uso de reservas para la cancelación de pasivos externos) y la batería de regulaciones cambiarias y restricciones cambiarias de hecho, instrumentadas en los últimos meses. Al parecer, todo se orienta a generar la disponibilidad de divisas para cancelar obligaciones sin tener que acudir al mercado de deuda soberana. En este caso puntual, se intenta acelerar la disponibilidad de los dólares aportados por la cosecha gruesa actualmente en desarrollo.

 

1 Emitida el 25-4-12.

 

2 Resolución 269/2001 de la Secretaría de Comercio.

 

 

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