La Organización Mundial de Aduanas (OMA) ha desarrollado el Marco SAFE (Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global – Secure And Fast Encryption) con el objetivo de simplificar las operaciones de comercio exterior, y avanzar en el intercambio de información entre las aduanas de los países que componen tal organización.
La OMA trabaja constantemente en la actualización del Marco SAFE, adoptando normas modernas en materia de seguridad aduanera. De él han nacido programas adicionales y complementarios, tales como: Operador Económico Autorizado, Gestión Coordinada de Fronteras, Información Anticipada sobre la Carga, entre otros.
Ha sido materia de estudio la utilización de los mecanismos del comercio exterior con propósitos de escaladas terroristas o delictivas del crimen organizado internacional. En este sentido, y para evitar tales consecuencias, se promueve la colaboración entre las aduanas y los operadores económicos de la cadena de suministros del comercio exterior.
El SAFE brinda a las administraciones aduaneras criterios y directrices que regulan los requisitos que los operadores deben cumplir para ser considerados confiables, facilitando de esta manera el movimiento de mercancías a través de cadenas de suministro seguras en el comercio internacional.
Esto motivó a la OMA a analizar la forma de ofrecer seguridad en la cadena logística internacional sin que ello signifique dejar de lado la facilitación del comercio.
Podemos considerar como elementos básicos del Marco SAFE:
- Fomentar la cooperación entre las aduanas y el resto de los órganos gubernamentales que participen del comercio internacional. Elaboración de acuerdos de cooperación, etc.
- Generar eficiencia y seguridad en la cadena logística.
- Armonizar información electrónica avanzada sobre envíos internacionales.
- Adopción, por parte de las aduanas, de compromisos respecto a la resolución de amenazas a la seguridad general.
- Definición de beneficios que las aduanas deberán brindar a sujetos de comex que cumplan con las normas de seguridad en la cadena logística.
Este marco normativo se encuentra en continuo cambio y mejoramiento, haciendo indispensable que nuestro país participe en forma activa de las nuevas implementaciones, modernizando procedimientos en materia aduanera, los cuales -y en comparación a la actualidad aduanera mundial- han quedado rezagados.
OPERADOR ECONOMICO AUTORIZADO
Como ya mencionamos, el Marco SAFE ha dado origen a diferentes programas de modernización, entre los que encontramos al Operador Económico Autorizado (OEA).
El OEA es una certificación extendida por autoridades aduaneras de los diferentes países que, tras verificar que el solicitante cumple con los requisitos establecidos en la normativa local, otorgarán la acreditación como sujeto del programa. Esta acreditación es garantía de confiabilidad en materia de comercio internacional de mercaderías.
En el año 2017, en consonancia con dicho Marco, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió la Resolución General Nro. 4150, mediante la cual implementó la prueba piloto del programa “Operador Económico Autorizado” (OEA). Posteriormente, se dispuso la reglamentación y modernización del mismo mediante la Resolución General AFIP Nro. 4451/2019.
Siguiendo el lineamiento a nivel mundial, nuestro país impulsó dicho programa de operadores de comercio exterior con el fin de -luego de cumplimentar con los requisitos establecidos en la normativa- acceder a importantes beneficios, optimizando sus gestiones, y sin que ello signifique por parte de la Administración el apartamiento sobre la fiscalización de mercaderías.
El ingreso al programa OEA es voluntario y gratuito, y podrán adherirse al mismo todos los operadores del comercio exterior, desde importadores/exportadores hasta despachantes de aduanas, agentes de transporte y transportistas, y demás sujetos integrantes de la cadena de suministro internacional, incluyendo los prestadores de servicios postales PSP/Courriers.
Es requisito indispensable para la adhesión al programa que el requirente posea una antigüedad igual o superior a 3 años en la actividad de acuerdo al Sistema Registral de AFIP.
Categorías con las que cuenta el Programa OEA
El programa contempla tres categorías: (i) OEA-Cumplimiento, (ii) OEA-Simplificación, y (iii) OEA-Seguridad.
Cada una de estas categorías posee distintos requisitos de adhesión, obteniendo -a su vez- diferentes beneficios.
En lo que se refiere a los importadores/exportadores, tienen la opción de categorizarse en cualquiera de los niveles mencionados; mientras que los demás sujetos que soliciten adhesión al programa serán categorizados en el nivel OEA-Seguridad.
A fin de adherirse al programa OEA, y obtener una determinada categorización, los interesados deberán acreditar los siguientes requisitos, según el caso:
Categoría OEA-Cumplimiento, exige la acreditación de cumplimiento fiscal y de un sistema de registros comerciales.
Beneficios obtenidos: del 1 al 4 (ver lista beneficios).
Categoría OEA-Simplificación, exige acreditación de cumplimiento fiscal, sistema de registro comerciales y requisito de solvencia financiera.
Beneficios obtenidos: del 1 al 6 (ver lista beneficios).
Categoría OEA-Seguridad, exige para quienes deseen estar incluidos en la misma, gestionar la Matriz de Riesgo y los requisitos tecnológicos requeridos por el sistema que permitan el monitoreo remoto de la Aduana de la totalidad de las operaciones del operador. En particular, se deben confeccionar 9 manuales de procedimiento donde se detalle la implementación de un sistema de seguridad en la cadena de suministros.
Beneficios obtenidos: todos los beneficios.
Beneficios obtenidos por un OEA
- Capacitación en seguridad.
- Espacio de diálogo OEA.
- Publicidad de la categorización OEA.
- Canal de atención exclusiva.
- Prioridad ante contingencias.
- Simplificación operativa.
- Prioridad en fronteras.
- Beneficios derivados de acuerdos de reconocimientos mutuos.
- Garantías: contar con garantía global que cubra su actuación.
- Selectividad: las operaciones cursarán por canal verde de selectividad; sin perjuicio que la aduana pueda aplicar control selectivo de canales naranja o rojo.
- Proceso sistémico de presentación, registro informático y documental aduanero (autogestión).
- Proceso físico-sistémico, remoto y selectivo de consolidación y desconsolidación, monitoreado en forma selectiva por el Centro Único de Monitoreo Aduanero.
Para los interesados en adherir al programa, el beneficio superior a alcanzar es el correspondiente al Canal de Selectividad Verde, lo que aporta una rápida resolución de la operación de comercio exterior, a bajos costos. No obstante, los demás beneficios que conlleva el Programa facilitan enormemente la actividad de los operadores, aportando dinamismo y seguridad en las operaciones.
Asimismo, más allá de los beneficios que adquieren los operadores inscriptos, una de las ventajas fundamentales de la figura OEA radica en que las administraciones aduaneras se encuentran facultadas a suscribir Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM) de sus programas OEA. Estos acuerdos implican que el gobierno de un país reconozca formalmente el programa OEA del gobierno de otro país y que, consecuentemente, otorgue ventajas a los OEA de dicho país.
En ese sentido, en noviembre de 2019 se realizó la firma del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de los Programas OEA entre Argentina y Uruguay, los estados partes del Mercosur, como también se ha firmado un Plan de Acción en el marco de los ARM entre China y Argentina. Esperamos que estos acuerdos se sigan celebrando entre nuestra aduana y sus pares de todas partes del mundo.
Procedimiento de Adhesión
El operador de comercio exterior interesado en adherirse al Programa deberá autorizar a una persona humana -quien deberá tener registrados sus datos biométricos- para las gestiones referentes a tal adhesión.
La solicitud podrá realizarse mediante el SITA (Sistema Informático de Trámites Aduaneros), y deberá contar entre otros datos:
- Manifestación de no contar con impedimentos de cumplimiento fiscal.
- Compromiso de: (i) cumplimiento de todas las obligaciones exigidas por el Régimen, (ii) facilitar el acceso a sus instalaciones al servicio aduanero para controles derivados del Programa, y (iii) capacitar al personal sobre políticas de seguridad.
- Declarar el compromiso de la empresa y sus dependientes en la lucha contra el crimen organizado.
- Acompañar documentación contable, instrumentos legales de composición societaria y de designación de representantes.
El servicio aduanero se encuentra facultado para solicitar todo tipo de documentación que considere necesaria a los efectos del análisis de las condiciones del requirente.
Obligaciones de los Operadores Económicos Autorizados
Entre las obligaciones más importantes podemos mencionar:
- Mantener el cumplimiento de los requisitos que fundamentaron su categorización.
- Conservar vigente la garantía de respaldo exigida oportunamente según su categorización.
- Brindar recursos materiales y humanos para la facilitación de la operatoria.
- Mantener registros contables actualizados, como así también los antecedentes de cumplimiento fiscal.
- Adoptar las pautas que exija la aduana en materia de seguridad.
- Operar como OEA por un período mínimo de 8 meses.
- Comunicar de manera fehaciente e inmediata al servicio aduanero toda irregularidad o inconsistencia que advierta y que le haga presumir la existencia de alguna infracción aduanera.
Incumplimientos por parte de un Operador
Pertenecer al Programa OEA conlleva un alto nivel de compromiso por parte del Operador; el programa en sí es un marco de seguridad y facilitación del comercio global, y ambos pilares deben ser respetados por el actuar del operador.
Dependiendo del incumplimiento detectado, el operador podrá ser sujeto de apercibimientos o bien podrán ser sancionados con la suspensión o revocación de la autorización como OEA, o modificación de la categorización en la que fue inscripto en el programa.
Conclusiones
La figura del Operador Económico Autorizado podría bien contemplarse dentro de la definición de compliance, toda vez que el programa es un conjunto de medidas destinadas a la facilitación del comercio internacional sobre la base de conductas éticas y respetuosas de los operadores inscriptos, todos sus órganos ejecutivos y sus empleados.
El procedimiento de inscripción como OEA puede ser largo y tedioso; la presentación de documentación, inspecciones de plantas y depósitos por parte del servicio aduanero, las prácticas previas al inicio de actividad como tal, son pasos rigurosos a seguir por parte de la Administración. No hay que olvidar que la pertenencia al programa significa ser “colega” de la aduana en las operaciones de comercio internacional, por cuanto este organismo ha de evaluar todos los vectores cuyo análisis crea conveniente previo a la autorización final.
No obstante lo arduo y complicado que pueda parecer la inscripción en el Programa OEA, consideramos que no debe primar el desaliento sino el impulso para pertenecer a él.
Estudios recientes -realizados por la OMA-, indican que quienes cuentan con esta certificación han logrado reducir significativamente el tiempo en que se desarrollan sus operaciones de comex (cerca de un 47% en el caso de las importaciones, y un increíble 97% en el caso de las exportaciones), lo que trae aparejada reducción de costos, eficiencia en la logística, sistematización de procesos, etc.
Decididamente, el Operador Económico Autorizado es una figura trascendental para el desarrollo de la facilitación y simplificación de las operaciones de comercio exterior. Los beneficios a obtener en relación a la mayor celeridad de la operatoria y los menores costos que genera el Programa ameritan el esfuerzo a su adhesión y serán una variable de competitividad en un futuro no muy lejano.
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