Fallos
Viernes 21 de Noviembre de 2008
Rechazan Reclamo sobre Bienes Efectuado por la Novia de un Joven Fallecido
Luego de considerar que la relaci贸n de noviazgo no constituye una sociedad de hecho, la C谩mara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de los Tribunales de Rosario, decidi贸 rechazar el planteo efectuado por una joven quien pretend铆a quedarse con los bienes de su novio fallecido.
Seg煤n la postura adoptada por los magistrados que componen la Sala I, el noviazgo no da derechos a reclamar bienes, por considerar que no se hab铆a conformado una sociedad de hecho entre la mujer y el novio fallecido, ratificando de esta manera lo resuelto por el juez de primera instancia.
La demandante, luego de argumentar que pose铆an una relaci贸n consolidada en base a la cual hab铆an empezado a adquirir bienes muebles de manera conjunta con el dinero de ambos, as铆 como un terreno donde proyectaban radicar su hogar familiar, solicit贸 que se produzca la disoluci贸n de la sociedad conyugal por el fallecimiento de una de las partes, as铆 como la liquidaci贸n del 50 por ciento de la misma.
Ante tal planteo, el magistrado de primera instancia se帽al贸 que tanto la doctrina como la jurisprudencia establecieron que no se crea por s铆 mismo una sociedad de hecho como consecuencia de una relaci贸n afectiva como el concubinato.
En tal sentido, al rechazar el planteo presentado, el magistrado de primera instancia consider贸 que la relaci贸n mantenida entre la solicitante y el joven fallecido se encontraba dentro del plano personal, no demostrando la existencia de una relaci贸n de hecho entre los mismos.
Seg煤n el criterio del juez actuante en la causa, no se puede presumir la existencia de una sociedad de hecho a ra铆z de una mera relaci贸n sentimental, ya que no se logr贸 demostrar que las partes hayan realizado aportes para alguna producci贸n y reparto de utilidades.
Por 煤ltimo, el magistrado, expres贸 que en caso de aceptarse el planteo efectuado, se estar铆a colocando en una igualdad a dicha relaci贸n consistente en una uni贸n irregular de incierto resultado con el matrimonio leg铆timo, creando entre los miembros de una pareja una relaci贸n similar a una sociedad conyugal.
Opini贸n
Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: 驴resurgimiento como opci贸n de financiamiento?
Por
Dolores M. Gallo
Barreiro
Barreiro
opini贸n
ver todos
Por Lucas J. Battiston
PASBBA
PASBBA
Por Juan Pablo. De Gesus
NORDELTA S.A.
NORDELTA S.A.
Por Melany Di Polvere
Alfaro Abogados
Alfaro Abogados
Por Agostina Salamone
Berton Moreno IP Law
Berton Moreno IP Law
detr谩s del traje
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES
FALLOS
ART脥CULOS RELACIONADOS