El pasado 19 de marzo fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución N°142/2021 (la “Resolución”), referida a la inminente entrada en vigencia de la Ley N°27.555 (“Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo”) que comenzará a regir a partir del 1° de abril de 2021.
La Resolución establece que mientras se mantengan las restricciones y/o recomendaciones sanitarias dictadas por las autoridades nacionales, provinciales o locales, la circunstancia de que los trabajadores continúen trabajando desde su domicilio -en función de lo dispuesto por disposiciones legales o por medidas que el empleador hubiera adoptado para prevenir riesgos de contagio- no podrá ser considerada como una adhesión voluntaria al Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo.
Por Álvaro J. Galli y Santiago H. Taboada
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