La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial explicó que si bien el cheque de pago diferido es presentado al pago el día de su vencimiento, destacó que el portador puede cumplir con la carga de presentación al pago dentro de los plazos que establece el art. 25 de la Ley 24.452, para los cheques comunes.
En la causa “Soto, Ana c/ Acevedo Miño, Pedro Jorge s/ Ejecutivo”, la actora apeló la sentencia de grado que rechazó in limine la acción intentada.
Los magistrados que componen la Sala C señalaron que “al cheque de pago diferido regulado por el artículo 58 de la ley 24452, le resulta aplicable el régimen establecido por el art. 25 de dicho ordenamiento que establece que el término de presentación de un cheque librado en la República Argentina es de treinta (30) días contados desde la fecha de creación”.
En tal sentido, los camaristas recordaron que “el BCRA al reglamentar la cuenta corriente bancaria establece que deben pagarse a la vista los cheques librados en las fórmulas entregadas al cuentacorrentista, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes a la fecha de emisión del cheque, teniendo en cuenta en materia de plazos de presentación los establecidos en el artículo 25 de la Ley de Cheques”, mientras que “en el caso de cheques de pago diferido, ese plazo se computará a partir de la fecha de pago consignada en el cartular”.
En el fallo dictado el 9 de octubre del presente año, el tribunal determinó que si bien “el cheque de pago diferido es presentado al pago el día de su vencimiento”, dejó en claro que “el portador puede cumplir con la carga de presentación al pago dentro de los plazos que establece el art. 25 de la aludida ley, para los cheques comunes. (Gomez Leo, Osvaldo R., Ley de Cheques 24452 y 24760, Comentada y Anotada, p. 130)”.
En base a lo expuesto, la mencionada Sala concluyó que corresponde hacer lugar al recurso intentado “toda vez que del sub-examine surge que el portador efectivamente presentó al cobro el referido cartular a la entidad bancaria dentro de los 30 días de la fecha fijada para su pago”.
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