Para contener el estallido inflacionario, el jefe de Gabiente, Jorge Capitanich, advirtió que se aplicarán las leyes de Defensa del Consumidor y de Lealtad Comercial para que el consumidor obtenga el precio justo.
La Secretaría de Defensa del Consumidor será el órgano de competencia que recibirá las denuncias de los usuarios. A partir de ellas, verificará la existencia de la infracción y podrá imponer determinadas sanciones.
Todo incumplimiento entre lo ofertado y lo entregado podrá ser sancionado con apercibimiento, multa de $100 a $5.000.000, decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción, clausura del establecimiento o suspensión de servicio y la pérdida de concesiones o privilegios en regímenes impositivos.
Por su parte, la Ley de Lealtad Comercial, en su artículo 12, inciso I, obliga a los comercios a exhibir o publicitar precios. En caso de infracción, la multa podría ir desde los $100 a los $500.000.
Si el comerciante reincidiera, incurriendo en otra infracción de igual especie dentro del término de 3 años, la sanción se agravará duplicándose los límites mínimo y máximo.
De cualquier manera, la resolución podrá ser recurrida ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal o ante las cámaras federales de apelaciones competentes.
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