Aprueban Ley para que los Porteños Puedan Tener el Registro por Duplicado

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una ley que habilita a que los conductores puedan obtener la licencia de conducir por duplicado, lo que se contrapone con la medida de retención del registro que rige para quienes cometen determinadas infracciones de tránsito en la Capital, debido a que permitiría que esa persona pueda continuar manejando con el duplicado de su licencia.

 

En el ámbito de la Capital Federal, desde diciembre pasado, por manejar sin cinturón de seguridad, hablar por celular o circular con la utilización de auriculares, así como por circular sin seguro pago o de contramano, y superar en un 10% el mínimo de velocidad máxima permitida, se procede al retiro de la licencia de conducir.

 

A las infracciones que provocan el retiro de la licencia de conducir, en agosto pasado se sumó el cruzar semáforos en rojo, lo que provocó que en menos de un mes se retuvieran 1127 licencias.

 

Luego de identificar al conductor que comete la infracción, el agente de tránsito procede a la labrar el acta de la infracción. Tras retenerle el registro, le entrega la llamada boleta de citación al inculpado, la que lo habilita a circular por 40 días corridos, plazo dentro del que los infractores deben presentarse ante la Dirección General Administrativa de Infracciones para poder regularizar su situación y pagar la multa correspondiente.

 

Transcurrido ese plazo, los conductores a los que se les retiene su licencia quedan inhabilitados para manejar, mientras que a los 90 días se procede a la destrucción de su carnet.

 

Desde el oficialismo porteño, explicaron que el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, tenía por fin facilitar el trámite por duplicado en caso de que los conductores lo hubieran perdido, no buscando restar contundencia a la medida que dispone la retención del registro de conducir.

 

La reforma al Código de Tránsito aprobada en el día de ayer por la Legislatura porteña, también eliminó entre los requisitos para renovar la licencia de conducir la obligación de rendir el examen teórico nuevamente en caso de que hubiesen transcurrido más de 90 días corridos desde su vencimiento.

 

 

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