La propuesta de los senadores Norma Morandini, Graciela Di Perna, Liliana Fellner, Daniel Pérsico, Adolfo Rodríguez Saá, Juan Carlos Romero, Ernesto Sanz y Silvia Elías de Pérez fue aprobada por las comisiones de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión, de Justicia y Asuntos Penales y de Derechos y Garantías de la Cámara Alta.
La neutralidad de la Red que establecería la norma tiene como fin asegurar a los usuarios de Internet el derecho a acceder, utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación, servicio o protocolo a través de Internet, sin ningún tipo de restricción ni discriminación”.
Además, remarca que los prestadores de conectividad no podrán “bloquear, interferir, discriminar, entorpecer, degradar o restringir la utilización, envío, recepción ofrecimiento o acceso a cualquier contenido”.
Con respecto a la prestación del servicio, las empresas tampoco podrán determinar el precio de acceso a Internet en virtud de los contenidos y servicios que vayan a ser utilizados por los usuarios. A su vez, se prohíbe limitar arbitrariamente el derecho de un cliente a utilizar cualquier hardware o software para acceder a Internet.
Un párrafo de la iniciativa asegura que los prestadores podrán eximirse de cumplir con las obligaciones de neutralidad de red a través de medidas de gestión de tráfico cuando “acrediten que la adopción de dichas medidas tiene por finalidad evitar una situación de extrema congestión de la red”.
Por último, la norma estipula que los prestadores deberán ofrecer un nivel de calidad mínimo, el cual será establecido por la autoridad de aplicación.
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