La Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) publicó el 31 de marzo de 2022, y con vigencia inmediata, la Norma de Carácter General N°468 que regula el proceso de autorización de inicio de funciones de las Administradoras Generales de Fondos (“AGF”) y los antecedentes mínimos requeridos por la autoridad para poder otorgar dicha autorización (“NCG 468”). La solicitud de inicio de funciones puede ser presentada a la CMF en conjunto con la solicitud de existencia de la AGF o con posterioridad.
La Ley N°20.712, dictada el año 2014, disponía que la CMF, mediante una norma de carácter general, debía establecer las políticas, procedimientos y controles para autorizar que las AGF puedan iniciar sus funciones y operar. Si bien dicha normativa ha sido recién dictada, en los últimos años la CMF ya exigía en la práctica que se le enviaran políticas, manuales, antecedentes de gobierno corporativo, procedimientos de seguridad y riesgos, entre otros antecedentes.
Los antecedentes que una AGF deberá remitir a la CMF para obtener el inicio de funciones son: (i) esquema con las funciones de cada unidad de la AGF e identificar los comités o unidades a cargo de la gestión de riesgos, auditoría interna y cumplimiento; (ii) políticas de seguridad y manejo de información; (iii) manual de gestión de riesgos y control interno; (iv) manual de prevención de lavado de activos, cohecho o financiamiento del terrorismo; (v) breve descripción general de los principales sistemas de información y de seguridad informática; (vi) versión inicial de la matriz de riesgos de la AGF (indicando la probabilidad de materialización de riesgos e impacto estimado antes y después de las respuestas estratégicas adoptadas); (vii) identificación de las áreas o servicios que la entidad estima serán externalizados a terceros y las condiciones en que se contrataran dichos servicios; y (viii) plan de continuidad de negocios.
Junto con la NCG 468 se aprobó la Norma de Carácter General 467, que regula el proceso de autorización y antecedentes requeridos por la CMF para la existencia de determinadas sociedades anónimas especiales. En el News Alert de 12 de enero de 2022, se informó acerca del proceso de consulta de la normativa relativa a las autorizaciones antes indicadas.
Por Cristián Eyzaguirre, Francisco Guzmán y Yoel Magendzo
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