COP15 – Marco Mundial para la Diversidad Biológica de Kunming-Montreal

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Biodiversidad (COP15) concluyó en Montreal, Canadá, el 19 de diciembre de 2022, con un acuerdo histórico que guiará la acción mundial sobre la naturaleza hasta 2030. Representantes de 188 gobiernos han estado reunidos en Montreal durante las dos últimas semanas para esta importante cumbre.

 

La COP aprobó el “Marco Mundial para la Diversidad Biológica de Kunming-Montreal”, que incluye 4 objetivos y 23 metas para 2030. Entre las metas mundiales para 2030 figuran:

 

– Conservación y gestión eficaces de al menos el 30% de las tierras, aguas continentales, zonas costeras y océanos del mundo, haciendo hincapié en las zonas de especial importancia para la biodiversidad y el funcionamiento y los servicios de los ecosistemas. En la actualidad, el 17% y el 10% de las zonas terrestres y marinas del mundo, respectivamente, están bajo protección.

 

– Haber completado o iniciado la restauración de al menos el 30% de los ecosistemas terrestres, marinos, costeros y de aguas continentales degradados.

 

– Reducir casi a cero la pérdida de zonas de gran importancia para la biodiversidad, incluidos los ecosistemas de alta integridad ecológica.

 

– Reducir a la mitad el desperdicio mundial de alimentos y reducir significativamente el consumo excesivo y la generación de residuos.

 

– Reducir a la mitad tanto el exceso de nutrientes como el riesgo global que suponen los plaguicidas y los productos químicos altamente peligrosos.

 

– Eliminar progresivamente o reformar para 2030 las subvenciones que perjudican a la biodiversidad en al menos 500.000 millones de dólares anuales, al tiempo que se aumentan los incentivos positivos para la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad.

 

– Movilizar para 2030 al menos 200.000 millones de dólares anuales en financiación nacional e internacional relacionada con la biodiversidad procedente de todas las fuentes, públicas y privadas.

 

– Aumentar los flujos financieros internacionales de los países desarrollados a los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados, los pequeños Estados insulares en desarrollo y los países con economías en transición, hasta al menos 20.000 millones de dólares al año para 2025, y hasta al menos 30.000 millones de dólares al año para 2030.

 

– Prevenir la introducción de especies exóticas invasoras prioritarias y reducir al menos a la mitad la introducción y el establecimiento de otras especies exóticas invasoras conocidas o potenciales, y erradicar o controlar las especies exóticas invasoras en islas y otros lugares prioritarios.

 

– Exigir a las empresas grandes y transnacionales y a las instituciones financieras que controlen, evalúen y divulguen de forma transparente sus riesgos, dependencias e impactos sobre la biodiversidad a través de sus operaciones, cadenas de suministro y de valor y carteras.

 

Los cuatro objetivos globales del marco son:

 

OBJETIVO A

 

– Mantener, mejorar o restaurar la integridad, conectividad y resiliencia de todos los ecosistemas, aumentando sustancialmente la superficie de ecosistemas naturales para 2050;

 

– Detener la extinción inducida por el hombre de especies amenazadas conocidas y, para 2050, reducir 10 veces la tasa y el riesgo de extinción de todas las especies, y aumentar la abundancia de especies silvestres autóctonas hasta niveles saludables y resistentes;

 

– Se mantiene la diversidad genética dentro de las poblaciones de especies silvestres y domesticadas, salvaguardando su potencial adaptativo.

 

OBJETIVO B

 

– La biodiversidad se utiliza y gestiona de forma sostenible y las contribuciones de la naturaleza a las personas, incluidas las funciones y los servicios de los ecosistemas, se valoran, se mantienen y se mejoran, y las que actualmente están en declive se restauran, apoyando la consecución de un desarrollo sostenible, en beneficio de las generaciones presentes y futuras para 2050.

 

OBJETIVO C

 

– Los beneficios monetarios y no monetarios derivados de la utilización de los recursos genéticos y de la información sobre secuencias digitales de recursos genéticos, así como de los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos, según proceda, se comparten de manera justa y equitativa, incluso, según proceda, con los pueblos indígenas y las comunidades locales, y se incrementan sustancialmente para 2050, al tiempo que se garantiza la protección adecuada de los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos, contribuyendo así a la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad, de conformidad con los instrumentos de acceso y participación en los beneficios acordados internacionalmente.

 

OBJETIVO D

 

– Todas las Partes, especialmente los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, así como los países con economías en transición, tienen acceso equitativo a los medios adecuados de aplicación, incluidos los recursos financieros, la creación de capacidad, la cooperación técnica y científica y el acceso a la tecnología y su transferencia, para aplicar plenamente el Marco Mundial para la Diversidad Biológica de Kunming-Montreal, cerrando progresivamente el déficit de financiación de la diversidad biológica de 700 000 millones de dólares al año y alineando los flujos financieros con el Marco Mundial para la Diversidad Biológica de Kunming-Montreal y la Visión para la Diversidad Biológica 2050.

 

COP14 – Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes en la Convención de Ramsar sobre los Humedales

 

La Conferencia de las Partes de la Convención de Ramsar (COP14) se realizó en formato híbrido entre Wuhan (China) y Ginebra (Suiza) del 5 al 13 de noviembre de 2022 bajo el lema “Acción en favor de los humedales para las personas y la naturaleza”.

 

Como consecuencia de la celebración de la COP, se aprobaron 21 resoluciones, entre las que se destacan las siguientes:

 

Resolución XIV.1: aprobó el presupuesto básico para el trienio 2023-2025, con objeto de permitir la ejecución del Cuarto Plan Estratégico de Ramsar (período 2016-2024).

 

Resolución XIV.2: actualizó el texto de la Resolución XIII.4 “Responsabilidades, funciones y composición del Comité Permanente y clasificación de los países por regiones en el marco de la Convención de Ramsar”. En este sentido, los grupos regionales de la Convención sobre los Humedales serán los siguientes:

 

– África;

 

– Asia;

 

– Europa;

 

– América Latina y el Caribe;

 

– América del Norte; y

 

– Oceanía.

 

También se estableció que el Comité Permanente se reunirá una vez al año, generalmente en la sede de la Secretaría de la Convención, e inmediatamente después de la clausura de cada reunión ordinaria de la COP.

 

Resolución XVI.4: agregó tres anexos temáticos al Cuarto Plan Estratégico (período 2016-2024):

 

– Anexo 3: Principales medidas para apoyar la aplicación práctica de los ODS;

 

– Anexo 4: Nuevo enfoque de las actividades de comunicación, fomento de capacidad, educación, concienciación y participación (CECoP); y

 

– Anexo 5: Las consideraciones de género y la Convención sobre los Humedales.

 

A su vez, se estableció el marco para el Quinto Plan Estratégico que se fundamentará, entre otras cosas, en la edición especial de 2021 de la Perspectiva mundial sobre los humedales y el análisis de la Secretaría de la Convención de los informes nacionales, así como en elementos esenciales acordados que son externos a la Convención, tales como: los ODS, el marco mundial de la diversidad biológica, las contribuciones de los humedales al CMNUCC, el Decenio de las Naciones Unidas sobre la Restauración de los Ecosistemas, al igual que todo trabajo pertinente de la Plataforma Intergubernamental Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES), el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) y de otros programas mundiales relacionados con los humedales.

 

Resolución XIV.6: invitó a la Secretaría, las Partes Contratantes, los organismos de las Naciones Unidas, las Organizaciones Internacionales Asociadas (OIA) y otros interesados a cooperar para proveer a una mejora de la visibilidad de la Convención en el ámbito nacional, subnacional, regional e internacional.

 

Resolución XIV.7: estableció una serie de lineamientos operativos para las iniciativas regionales de Ramsar (IIR) destinados a apoyar la aplicación de la Convención. El objetivo es garantizar que, en las reuniones de la COP, las Partes Contratantes otorguen un mayor reconocimiento y un mayor respaldo formal a aquellas IRR que tengan un buen desempeño.

 

A continuación, se destacan los lineamientos más sobresalientes:

 

– Las IRR apoyarán la aplicación operativa de la Convención y su Plan Estratégico en la zona geográfica que abarcan.

 

– Las IRR pueden ser centros establecidos físicamente que cuentan con un programa regional de formación o de creación de capacidad, redes de cooperación regional sin centro físico, o una combinación de ambos.

 

– Las Partes Contratantes tienen la responsabilidad principal de crear, gestionar, desarrollar, supervisar y coordinar el funcionamiento de la IRR y establecer su unidad de coordinación.

 

– Las IRR ya existentes son aprobadas por la COP, mientras que las nuevas IRR se aprueban en la COP o, entre períodos de sesiones, por el Comité Permanente.

 

– El plan de trabajo de cada IRR estará alineado con el Plan Estratégico de la Convención.

 

– Se pide a las IRR que presenten al Comité Permanente a través de la Secretaría informes anuales sobre las finanzas y los progresos realizados en la ejecución de su plan de trabajo.

 

Resolución XIV.9: decidió entregar los Premios Ramsar a la Conservación de los Humedales durante cada reunión ordinaria de la Conferencia de las Partes Contratantes. Las categorías del Premio Ramsar a la Conservación de los Humedales serán las siguientes:

 

– El Premio Ramsar a la Conservación de los Humedales al Uso racional;

 

– El Premio Ramsar a la Conservación de los Humedales a la Innovación;

 

– El Premio Ramsar a la Conservación de los Humedales a Jóvenes defensores de los humedales;

 

– El Premio Ramsar a la Conservación de los Humedales a la Ciencia;

 

– El Premio Ramsar a la Conservación de los Humedales a la CECoP; y

 

– El Premio Ramsar a la Conservación y el Uso Racional de los Humedales por los Pueblos Indígenas.

 

También, alentó la aplicación de las ciudades del sistema voluntario de acreditación de Ciudad de Humedal a fin de ofrecer oportunidades constructivas de utilizar la marca y movilizar el apoyo para las ciudades que demuestren mantener vinculaciones fuertes y positivas con los humedales.

 

Resolución XIV.15: impulsó a las Partes Contratantes a designar pequeños humedales y complejos de pequeños humedales para su inclusión en la Lista de Humedales de Importancia Internacional, y también a definir y aplicar otras medidas posibles que contribuyan a la conservación y el uso racional de los pequeños humedales.

 

A su vez, alentó a las Partes Contratantes a elaborar planes nacionales o a modificar planes nacionales y/o subnacionales y políticas locales referidos a la temática. Particularmente se hizo foco en la necesidad de mantener y mejorar las poblaciones vulnerables de especies amenazadas migratorias o no migratorias que dependen de los mismos.

 

Resolución XIV.16: alentó a las Partes Contratantes a evaluar sus propias políticas y medidas para evaluar el papel de la conservación y restauración de los humedales en las estrategias nacionales y mundiales de desarrollo sostenible.

 

Resolución XIV.17: reconoció que las soluciones basadas en la naturaleza y los enfoques basados en los ecosistemas que aportan los humedales pueden contribuir de forma significativa a la acción climática y al mismo tiempo aportar beneficios para la biodiversidad y el bienestar de las personas y abordar otros problemas sociales, económicos y ambientales.

 

También solicitó a las Partes Contratantes que eliminen o modifiquen de forma urgente las políticas que contribuyan a la pérdida y la degradación de los humedales, y a que ideen políticas y proyectos encaminados a su conservación y restauración.

 

Resolución XIV.19: celebró la propuesta de China y las Partes Contratantes interesadas en establecer una IIR “Centro Internacional del Manglar” que se centre en la conservación, la restauración y el uso racional de los manglares y los ecosistemas de carbono azul. En esta misma línea, alentó a las Partes Contratantes interesadas, las organizaciones no gubernamentales y otras organizaciones de la sociedad civil a participar voluntariamente en la creación y el funcionamiento de la IRR propuesta, de una manera abierta, inclusiva y transparente. •

 

Por Manuel Frávega

 

 

Beccar Varela
Ver Perfil

Opinión

“Timos” piramidales, supuestos "Caballeros" (“Knight consortium”) y estafas por 200 millones de dólares
Por ERNESTO EDUARDO MARTORELL
Kabas & Martorell
detrás del traje
Nos apoyan