En la causa "Incidente N°1 - Actor: L., L. s/Beneficio de litigar sin gastos", la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal denegó el beneficio de litigar sin gastos requerido.
El actor manifestó que no poseía bienes de fortuna, y que le era imposible abonar la tasa de justicia por la apelación interpuesta contra la sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación que declaró la improcedencia formal del recurso intentado ante esa instancia contra la resolución que determinó el impuesto a las ganancias por el periodo 2009, por la suma de $3.986.727,73 más intereses.
La parte demandada solicitó se rechazara el beneficio intentado.
La Sala referida, recordó que "el beneficio de litigar sin gastos tiene raigambre constitucional y se basa en la necesidad de garantizar la defensa en juicio y mantener la igualdad de las partes en el proceso -arts. 18 y 16 de la Constitución Nacional-; supone la posibilidad de comparecer ante el órgano judicial en procura de justicia, la que se vería frustrada si no se pudiera demandar por no gozar de los medios indispensables para hacer frente a los gastos que son propios de la actividad jurisdiccional".
No obstante ello, los camaristas observaron que la solicitante no había denunciado la edad, actividad, si tenía personas a cargo, familia e ingresos de su grupo familiar, ni si ellos trabajaban ni la composición de su patrimonio. Tampoco había requerido que se librara oficio a los respectivos registros de la propiedad inmueble y/o automotor y/o al Banco Central de la República Argentina y/o cualquier otra entidad financiera para acreditar sus ingresos.
En tal contexto, los Dres. Grecco y Fernández concluyeron que la actora no había probado que careciera de medios indispensables para hacer frente a los gastos propios de la actividad jurisdiccional.
El pasado 25 de noviembre se denegó el beneficio de litigar sin gastos peticionado.
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