Extienden Beneficio para Acceder a la Pensión por Viudez

La Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social (CARSS) determinó que la viuda o el viudo de una persona que no tenía los aportes al día, y no había estado afiliado como autónomo, puede obtener la pensión completando los años no ingresados como autónomo  por medio de una moratoria, hasta alcanzar los 30 años de aporte requeridos.

 

Ante el caso del fallecimiento de un afiliado que no poseía los aportes al día, la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) había rechazado la pensión por viudez, debido a que el titular fallecido no registraba aportes en los últimos años, por lo que era considerado por la ley como “aportante irregular sin derecho a pensión”.

 

La ANSeS también había desestimado la posibilidad de que la viuda declarara años de servicios anteriores a 1993 como autónomo para completar la cantidad de años requerida.

 

Según publicó el diario Clarín en su edición de hoy, de acuerdo a la resolución de la CARSS que deberá ser cumplimentada por la ANSeS, corresponde dejar sin efecto la mencionada denegatoria al considerar que la moratoria es de alcance general, a la vez que destacó que incluye a las prestaciones de pensión por fallecimiento aunque el fallecido no hubiera estado afiliado como trabajador autónomo.

 

 

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