Nueva Reglamentación Busca Regular el Accionar de Compañías de Telefonía en Situaciones de Catástrofes

En el marco del trágico temporal que sufrió la Ciudad de Buenos Aires y La Plata, el Gobierno Nacional determinó un plazo máximo de una hora para que las empresas de telefonía reestablezcan el servicio.

La medida se encuentra determinada para las situaciones de “emergencias y catástrofes”. Asimismo, a aquellas compañías que no cumplan con la reglamentación se les podría sacar la licencia.

"Los prestadores de comunicaciones móviles deberán asegurar el funcionamiento del servicio, incluso en situaciones de emergencia o catástrofe, admitiéndose en este último supuesto, una discontinuidad máxima de una hora para restituir la normalidad del servicio", según se lee en el Boletín Oficial.

De esta manera, la Resolución número 1/2013, de la Secretaría de Comunicaciones, sostiene que "los prestadores deberán en todos los casos priorizar el acceso a servicios de emergencia en las zonas afectadas".

En tal sentido, las empresas tendrán un plazo de 45 días para presentar un plan de contingencia de alcance nacional ante la Comisión Nacional de Comunicaciones con el objetivo de incluir los requisitos dispuestos.

 

 

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