Nueva regulación para Proveedores de Servicios de Activos Virtuales en la Argentina

El 17 de octubre de 2024, La Comisión Nacional de Valores (CNV) emitió la Resolución General (RG) 1025, que aborda distintos aspectos regulatorios de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). Esta reglamentación fue sometida al procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas”, para recibir comentarios y aportes de los sectores involucrados y del público en general.

 

La CNV emitió esta norma en virtud de las facultades que le fueron conferidas en los artículos 37 y 38 de la Ley 27739. Allí se estableció que la CNV es la autoridad encargada de supervisar y regular a los PSAV.

 

Esta propuesta de regulación profundiza los requisitos de inscripción de los PSAV −que ya habían sido introducidos por la RG 994/2024 (pueden ver nuestra noticia al respecto aquí)−, así como también introduce nuevos lineamientos tales como:

 

  • Datos de registración: se amplían los requisitos de documentación para la inscripción de los PSAV.
  • Categorías de actividades: se especifican las categorías de las actividades de los PSAV y se establecen consideraciones específicas.
  • Patrimonio neto mínimo: se fijan requisitos de patrimonio neto mínimo dependiendo de la categoría de PSAV en cuestión. 
  • Ciberseguridad: se introducen medidas de ciberseguridad para proteger la información de los usuarios, detectar incidentes de seguridad, recuperarse ante ciberataques, entre otros.
  • Transparencia y protección al inversor: se regulan obligaciones en materia de transparencia y de protección para los inversores.

Esta RG refleja, por un lado, el enfoque colaborativo de la CNV al momento de regular a los PSAV y, por el otro, implica un paso significativo hacia la formalización y supervisión del sector de activos virtuales en la Argentina.

 

Por Juan M. Diehl Moreno, María Manuela Lava, Pedro Colaneri y Delfina Lucía Chiesa

 

 

Marval O'Farrell Mairal
Ver Perfil

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan