El Decreto 787/22 reestablece, a partir del 28/11/22, el Programa Incremento Exportador creado por el Decreto 576/22 (“Programa”), fijando un nuevo “dólar soja” para quienes hayan exportado dentro de los 18 meses anteriores.
El BCRA implementará los mecanismos para que el contravalor de esa mercadería sea de $230 por USD.
Quienes adhieran al Programa deberán efectuar la registración de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) y liquidar las divisas de las mercaderías alcanzadas, no pudiendo superar ese plazo el 30/12/22, inclusive, incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o anticipo de liquidación.
La adhesión al Programa es voluntaria, pero se deberá renunciar previamente a la promoción de cualquier procedimiento judicial o administrativo que reclame la aplicación de procedimientos distintos a los previstos en el Programa para las operaciones alcanzadas por este.
Por Hernán D. Camarero y Eduardo Bellocq
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