En el marco del “Régimen de Incentivo para las personas jurídicas fabricantes de bienes de capital que cuenten con establecimiento industrial radicado en el Territorio Nacional” creado por el Decreto 379/01, la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo ha dictado la reciente Resolución Nro. 22/2022 mediante la que aprueba el reglamento operativo para la inscripción en el “Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital”
El objeto principal del citado Régimen consiste en mejorar la competitividad de la industria local productora de bienes de capital, a fin de que pueda participar en condiciones equitativas en la provisión de tales bienes, promoviendo así su fabricación nacional.
Para dar cumplimiento a tales objetivos y promover una política industrial más eficaz y efectiva que tenga un impacto directo sobre la industria de bienes de capital y, en consecuencia, sobre todo el entramado productivo, el régimen otorga beneficios entre los cuales se destacan la reducción de las contribuciones patronales del 90% en caso que la beneficiaria acredite ser una MiPyME, mientras que para los restantes beneficiarios la reducción será del 70%.
Asimismo, los inscriptos en el registro podrán solicitar anualmente un bono de crédito fiscal siempre que se hubiera encontrado inscripta en el Registro al 31 de diciembre del año anterior.
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