Resuelven que la caducidad de un beneficio de litigar sin gastos anterior no configura un hecho sobreviniente que habilitar la apertura de un nuevo incidente

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó que la perención del incidente anterior no puede ser considerada entre las circunstancias sobrevinientes aludidas en el tercer párrafo del artículo 84 del Código Procesal.

 

En la causa “Alcalá, Edgar Antonio c/ Jorquera Rojas, Rodolfo Eduardo y otro s/ Beneficio de litigar sin gastos”, el juez de primera instancia no hizo lugar a la apertura del beneficio de litigar sin gastos promovido por el actor, con sustento en lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 84 del Código Procesal.

 

Cabe señalar que dicha norma procesal establece que el beneficio podrá ser promovido hasta la audiencia preliminar o la declaración de puro derecho, salvo que se aleguen y acrediten circunstancias sobrevinientes.

 

Ante el recurso de apelación presentado por el actor, los jueces que componen la Sala B recordaron que “conforme la normativa vigente el beneficio se podrá iniciar antes de entablarse la demanda que lo origina o bien, hasta la audiencia preliminar o la declaración de puro derecho”, mientras que “con posterioridad a dichas ocasiones habrá que determinar si existen circunstancias sobrevinientes que autoricen su iniciación”.

 

A ello, los camaristas añadieron que “si bien no hay un concepto que identifique las mentadas “circunstancias”, va de suyo que la excepción indicada por la norma no persigue amparar el actuar negligente del solicitante, sino que atiende principalmente a considerar el revés económico que pudo haber sufrido luego de las indicadas oportunidades”.

 

En cuanto al presente caso, la mencionada Sala ponderó que de la constancias de los autos principales resulta que se encuentran para dictar sentencia, sumado a que el accionante promovió dos beneficios de litigar sin gastos que culminaron uno por perención y otro por desistimiento del accionante.

 

Como consecuencia de lo expuesto, los Dres. Mauricio Luis Mizrahi, Claudio Ramos Feijoó y Roberto Parrilli entendieron que el recurrente “ha actuado con evidente falta de interés, conducta esta que no puede hallar amparo en una norma que contempla precisamente circunstancias excepcionales que autorizan la promoción de un nuevo beneficio fuera de las oportunidades taxativamente señaladas por la ley”.

 

En la resolución del 9 de septiembre del presente año, el tribunal consideró que “de haber actuado diligentemente dicha parte hubiera obtenido resolución en alguna de las acciones promovidas, resultando por ende inadmisible que a través de la invocación de presuntas circunstancias sobrevinientes, o la supuesta indefensión que alega en el memorial de agravios pueda purgar su clara negligencia en el trámite de los beneficios promovidos con anterioridad”.

 

Al confirmar la resolución de grado, los camaristas dejaron en claro que “la perención del incidente anterior no puede ser considerada entre las circunstancias sobrevinientes aludidas en el tercer párrafo del artículo 84 del ritual”, debido a que “una interpretación contraria importaría acordar la posibilidad de eludir el pago de las costas del proceso mediante el solo recurso de articular sucesivos pedidos para litigar sin gastos, aunque la petición careciera de sustento y se incumpliera la carga de impulsar su trámite, con el consiguiente desmedro para la administración de justicia, para la garantía de igualdad de las partes y para el fisco”.

 

 

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