Señor Consumidor:¡Pida el Contrato y Lealo Antes de Firmar!
 negri.png DOS MINUTOS DE DOCTRINA Por Juan Javier Negri y Facundo Correa Cremaschi. Estudio Negri & Teijeiro Abogados La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sancionó la ley 2.695 que obliga a quienes presten servicios a consumidores a exhibir sus modelos de contratos que firmarán con los consumidores. La legislatura porteña sancionó la ley 2.695, que obliga a todas las personas físicas o jurídicas que presten servicios a consumidores o usuarios mediante contratos de adhesión en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a entregar en forma gratuita y previa, y a solicitud de los consumidores, el contrato que regirá la prestación de tales servicios. Asimismo, la ley dispone que en los locales de las empresas alcanzadas, deberá exhibirse un cartel donde se informe a los potenciales clientes la posibilidad de obtener los referidos textos contractuales en forma previa a su suscripción. La norma prevé la aplicación de la ley 757 de Procedimiento Administrativo para la Defensa del Consumidor y del Usuario de la Ciudad y establece que las facultades de vigilancia, contralor y aplicación corresponderán a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor o el organismo que en el futuro la reemplace. La nueva ley de la Ciudad parece avanzar en el mismo sendero marcado en el ámbito nacional por la Ley de Defensa de los Derechos del Consumidor y su reciente modificación.(1) Se trata, entonces, de un nuevo elemento normativo a considerar como parte del clima de negocios “pro-consumidor” propio de los tiempos que corren. 1)  Ley 24.240 y su modificatoria, ley 26.631

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