Sistema de Ventanilla Única para la instalación de estructuras soporte de antenas para prestación de Servicio de Comunicaciones Móviles

El 6 de noviembre de 2018, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 997/2018 mediante el cual se impulsa la creación del Sistema de Ventanilla Única para la instalación de estructuras soporte de antenas para la prestación de Servicio de Comunicaciones Móviles (SCM).

 

Conforme surge del Decreto, en atención a la concurrencia de distintas autoridades regulatorias en materia de autorizaciones y permisos sobre la instalación de estructuras portantes de antenas (a saber, Nacionales, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), se instruye a la Secretaría de Gobierno de Modernización para que impulse las medidas necesarias para la implementación de un Sistema de Ventanilla Única que permita agilizar el otorgamiento de las correspondientes autorizaciones, permisos o habilitaciones respecto a dónde ubicarlas, construirlas e instalarlas.

 

De esta forma, y a nivel general, se determina el siguiente procedimiento:

 

Primeramente la oficina del Sistema de Ventanilla Única, luego recibir las solicitudes correspondientes de los licenciatarios del SCM y los Operadores Independientes de Infraestructura pasiva, requerirá los informes técnicos a las dependencias competentes del Ente Nacional de Comunicaciones (ENC) respecto a: (i) requisitos técnicos de la normativa de telecomunicación vigente y (ii) estándares de calidad y presupuestos mínimos de protección ambiental.

 

Con posterioridad al análisis del ENC, si la resolución fuera favorable, se remitirán las actuaciones y se dará intervención a la autoridad local competente para que se expida sobre el cumplimiento de las normas urbanísticas y de seguridad. En el supuesto que decidiera que no se cumple con dichas normas, deberá proponer localizaciones alternativas razonables que no entorpezcan la normal prestación del SCM. Cabe destacar que la decisión de la autoridad local deberá ser comunicada al ENC.

 

Asimismo, se aclara que el ENC comunicará a las autoridades locales cuando la falta de otorgamiento de las autorizaciones, permisos o habilitaciones en su jurisdicción impida o demore el despliegue de las redes, el grado de afectación en términos de calidad, conectividad y acceso a servicios móviles.

 

Por Damián Navarro & María Julieta Sarmiento

 

 

RICHARDS CARDINAL TÜTZER ZABALA & ZAEFFERER S.C.
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