Un proyecto de ley busca aumentar el monto de los intereses por juicios laborales

El diputado oficialista Héctor Recalde presentó una iniciativa para que "todos los créditos generados como consecuencia de relaciones individuales de trabajo subordinado que no se abonaren en tiempo y forma, desde el nacimiento de la obligación y hasta su total cancelación devengarán intereses equivalentes a una vez y media (1 y 1/2) la tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos comerciales".

 

La iniciativa, además, señala que entrará en vigencia el siguiente día hábil posterior a su publicación en el Boletín Oficial y se podrá aplicar a los juicios en trámite y en proceso de ejecución.

 

De acuerdo al texto, los créditos que no hubieran sido reconocidos en sentencia firme y no se hubieran pagado al momento de entrada en vigencia de la ley, podrán ser cancelados con la tasa de interés establecida en la sentencia dentro de quince días de publicada la norma en el Boletín Oficial. Vencido ese plazo, deberá practicarse la nueva liquidación que determina el -por ahora- proyecto.

 

La normativa será de orden público y regirá en todo el país. En la actualidad, y conforme al artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, son los jueces quienes, por petición de las partes o criterio propio, eligen aplicar la tasa activa (la que reciben los bancos por los préstamos que otorgan) o la pasiva (la que pagan las entidades a los ahorristas que dejan en ellas sus depósitos).

 

La aplicación nacional de la norma tiene principal interés ya que los magistrados utilizan diferentes criterios según el lugar donde actúen. Por ejemplo, en la causa “Abraham, Héctor Osvaldo c/ Todoli Hermanos”, la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires declaró inconstitucional la Ley provincial 14.399 que fijaba la tasa de interés activa para todos los créditos morosos de naturaleza laboral (salarios, indemnizaciones, multas y sanciones).

 

Cabe señalar que el criterio para fijar la tasa de interés incluirá no solo la actualización sino también la punición, desde la fecha en que debieron abonarse hasta su pago efectivo. Si la iniciativa fuera aprobada, las empresas que perdieran juicios laborales deberían abonar un monto más elevado que el actual.

 

 

Opinión

“Timos” piramidales, supuestos "Caballeros" (“Knight consortium”) y estafas por 200 millones de dólares
Por ERNESTO EDUARDO MARTORELL
Kabas & Martorell
detrás del traje
Nos apoyan